Ayotzinapa 2.0: los nuevos informes

Ayotzinapa 2.0: los nuevos informes
Por:
  • mauricioi-columnista

La semana pasada se hicieron del conocimiento público dos informes acerca de la desaparición de los 43 estudiantes de la Normal de Ayotzinapa, llevada a cabo en septiembre de 2014 por policías de Iguala en combinación con grupos dedicados al narcotráfico.

El primero de estos informes, “Yo sólo quería que amaneciera. Impactos Psicosociales del Caso Ayotzinapa”, fue publicado por FUNDAR con recursos de las fundaciones Ford, MacArthur, Hewlett y Open Society. Partiendo de los informes del GIEI, al que el gobierno mexicano contrató a petición de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el documento formula varias recomendaciones. Entre las más importantes destacan la obligación del Estado mexicano para reivindicar y dignificar a las víctimas por el daño producido en razón de los cuestionamientos sobre su presencia en Iguala en los meses posteriores a los hechos. Demanda, además, el reconocimiento, a cargo de las autoridades, de la falta de sustento científico en la hipótesis que señaló que los estudiantes desaparecidos fueron incinerados en el basurero de Cocula, así como la remoción de cualquier aseveración al respecto en discursos y sitios web pertenecientes al Estado mexicano.

El segundo informe, “Doble injusticia”, fue elaborado por la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. En él se destacan violaciones a derechos humanos cometidas durante la investigación del caso Ayotzinapa. Se recabó información respecto a 63 procesados por los hechos ocurridos en Iguala. Según ella, en el periodo comprendido entre septiembre de 2014 y enero de 2016, 51 de los procesados afirmaron haber sido torturados. En 34 de los casos (33 hombres y 1 mujer) se presentaron lesiones físicas, certificadas por exámenes médicos, compatibles con las lesiones cometidas por tortura. Entre sus principales recomendaciones, la oficina internacional demandó realizar investigaciones para identificar a los responsables de las violaciones a los derechos humanos; asegurar que dichas investigaciones se realicen de manera transparente, permitiendo su acceso tanto a víctimas como a sus representantes legales. Igualmente, exige excluir o declarar nulas todas las pruebas que hayan sido obtenidas bajo tortura y que las autoridades se abstengan de hacer declaraciones incriminatorias o descalificatorias contra las víctimas o las organizaciones que los representan.

Las consecuencias legales de la aceptación de las recomendaciones emitidas tanto por FUNDAR como por la Oficina del Alto Comisionado serán comentadas en otro artículo. Mientras tanto, vale la pena tener en mente que, de acuerdo con la Constitución mexicana, los órganos competentes para determinar la existencia de violaciones a estas garantías son las comisiones públicas de derechos humanos. En el caso de Ayotzinapa, tres años y medio no han sido suficientes para que la CNDH dé a conocer los resultados de su investigación. Este proceder no debería sorprendernos. El Ombudsman acostumbra emitir sus recomendaciones sin prisa: hace días emitió una recomendación sobre los desaparecidos de Allende, Coahuila, por hechos ocurridos hace siete años. A ese paso tendremos que esperar otros tres años y medio para conocer las violaciones ocurridas en Ayotzinapa.