Defensores: ¿inmaculados?

Defensores: ¿inmaculados?
Por:
  • mauricioi-columnista

Hace unas semanas la presidenta de Alto al Secuestro acusó a la Comisión Mexicana para la Protección de los Derechos Humanos (CMPDH) y al Centro para la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) de hacer negocio con la protección de los derechos humanos.

Varias voces se han manifestado indignadas contra las acusaciones, afirmando que hay una ofensiva desde el poder público para acallar voces disidentes. Vale la pena analizar los casos denunciados por Isabel Miranda. El primero se refiere a Alfonso Martín del Campo, acusado en 1992 del homicidio de su hermana y cuñado, sentenciado a 50 años de prisión. En 2002 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recomendó anular la confesión al considerarla resultado de tortura. Aunque la Corte Interamericana conoció del asunto, su resolución en 2003 no implicó condena al Estado mexicano. Posteriormente su defensa interpuso un recurso, resuelto por la Suprema Corte en 2015, mediante el cual Martín del Campo recuperó su libertad.

El segundo concierne a Rosendo Radilla, detenido en 1974 en un retén militar en Atoyac de Álvarez, Guerrero, sin que se conozca su paradero. El caso fue presentado en 2001 ante la CIDH. En 2008 dicha comisión demandó al Estado mexicano ante la Corte Interamericana, la cual emitió en 2009 una sentencia condenatoria por desaparición forzada.

El tercer caso corresponde a Juan García Cruz y Santiago Sánchez Silvestre, capturados en 1997 por asociación delictuosa, rebelión y homicidio.

Sentenciados a 40 años de prisión, su defensa argumentó que fueron torturados. En 2000 el asunto fue llevado a la CIDH, que emitió un informe en 2011. En 2013 la Corte Interamericana admitió el caso. En abril de ese año un tribunal federal ordenó su liberación. Posteriormente las partes llegaron a un acuerdo mediante el cual el Estado reconoció su responsabilidad y los señores García y Sánchez recibieron reparaciones.

Las resoluciones, a excepción de la causa Martín del Campo, incluyeron el pago de gastos y costas a favor de los representantes legales. En el caso Radilla fue la CMPDH y en los otros dos el CEJIL. Se trata de una práctica aceptada a nivel internacional, que no contraviene la ley. Sin embargo, puede crear conflictos de interés. En la representación legal de los tres asuntos intervino Juan Carlos Gutiérrez Contreras, quien fue director general de la CMPDH y director regional de CEJIL Mesoamérica. Tiempo después fungió como titular de la Unidad de Derechos Humanos de Segob y como tal debió excusarse de conocer de esos casos. Lejos de hacerlo, realizó gestiones ante autoridades federales para el pago de reparaciones. Por eso la Secretaría de la Función Pública lo destituyó e inhabilitó para desempeñar cargos durante diez años. Recordemos que en enero pasado se denunció la existencia de irregularidades administrativas en Amnistía Internacional-México, sin que se hayan aclarado. Si a ese hecho se le agrega la sanción contra Gutiérrez Contreras, se constata que, más que campaña de desprestigio, en la defensa de los derechos humanos coinciden tanto personas honorables como manzanas podridas.

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