El INE en los tiempos del Legislativo

El INE en los tiempos del Legislativo
Por:
  • larazon

Horacio Vives Segl

Mientras redacto estas líneas y usted, apreciable lector, amablemente las lee, probablemente se estén discutiendo, en los plenos de las cámaras del Congreso de la Unión, las tan esperadas iniciativas de leyes secundarias en materia electoral que sustituirán al COFIPE.

Parece que llegará a su término el periodo de espera para dar algunas certezas sobre los procedimientos con los que se realizarán las elecciones en el país. Mucho se criticó al Legislativo que, tras haber sido “el Constituyente del año 2013”, por la cantidad de reformas constitucionales celebradas el año pasado, no había sido capaz de concretar las reformas en la legislación secundaria —que tienen requisitos menos exigentes que las reformas constitucionales (cosa que hizo surgir de lugares curiosos opiniones de que era momento de “hacer valer las mayorías”)— durante el periodo ordinario de sesiones que concluyó el 30 de abril, perdiendo una oportunidad más de mejorar su imagen ante una ciudadanía crítica. En fin: se logró la reforma constitucional político-electoral, se logró instalar en tiempo y forma al Consejo General del INE, se están logrando realizar adecuadamente las tareas de reacomodo institucional, pero faltaba el norte que guiará los procedimientos electorales. Parece que también se están logrando, no en el plazo que habría sido mejor, pero sí, previsiblemente con mayorías sólidas, lo cual creo que no es de despreciarse.

 Definiciones. De avanzar como se espera las acciones legislativas, pronto habrá una Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) y una Ley General de Partidos Políticos. Podrán aún cambiar, en negociaciones, acuerdos y discusiones de última hora, algunas cuestiones particulares, pero hay algunas definiciones que parecen ya adoptadas. Entre los aspectos en los que habrá precisiones se pueden contar la distinción entre el ámbito federal y el local del Servicio Profesional Electoral Nacional; la instalación de una comisión de vinculación con los organismos públicos locales electorales integrada por consejeros del Consejo General del INE; el mecanismo de conformación y selección de aspirantes a consejeros electorales locales (a través, es de pensarse, de la recién mencionada comisión); la obligatoriedad de establecer una casilla única en caso de elecciones concurrentes; el reestablecimiento de la Comisión de Fiscalización del Consejo General y las características del órgano técnico a su servicio, así como los lineamientos para el desarrollo de reglas nacionales uniformes para auditar el origen, uso y destino de los recursos de los partidos; la constitución de asociaciones civiles para los llamados candidatos independientes, que estarán integradas al menos por su representante legal, el encargado de las finanzas y el propio candidato; la obligatoriedad, para los candidatos independientes, de llevar una cuenta bancaria única; el acceso a financiamiento público y privado para los candidatos independientes; la notificación por parte de autoridades hacendarias al INE sobre operaciones financieras que involucren disposiciones en efectivo y se consideren relevantes o inusuales; la celebración de al menos dos debates presidenciales que, bajo ciertas condiciones de cobertura de los concesionarios, deberán ser transmitidos por radio y televisión; la posibilidad de que medios de comunicación celebren debates entre candidatos, siempre y cuando asistan por lo menos dos candidatos y se notifique al INE; establecer como máximo 3000 ciudadanos por sección electoral; y el inicio del proceso electoral en septiembre para las elecciones a celebrarse el primer domingo de junio de 2015.

 Pendientes. Algunos puntos centrales tendrán que ver con cuándo y cómo se materializarían los supuestos de “asunción” o de “atracción” por parte del INE sobre determinado proceso electoral local, así como la modalidad de votación electrónica para los mexicanos residentes en el extranjero para la elección de presidente y de senadores de representación proporcional.

Habrá, sin duda, muchos vacíos legales y más aspectos que no quedarán claros en la ley y que deban ser desarrollados a través de reglamentos y lineamientos del INE. Nada que no se haya visto con legislación e instituciones nuevas, y nada que no sea normal en el ámbito de los órganos administrativos en general.

hvives@itam.mx

Twitter: @HVivesSegl