Elección sesgada de magistrados electorales

Elección sesgada de magistrados electorales
Por:
  • mauricioi-columnista

La división de poderes clásica parte de considerar como la mejor forma de gobierno a la que divide al poder público en tres órganos: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Aunque, separados, el ejercicio de sus respectivas atribuciones garantiza un mejor gobierno.

Es previsible que los intereses partidistas estén presentes en las deliberaciones del Legislativo en que se expresan diputados y senadores de diversos partidos. Lo mismo puede esperarse en el Ejecutivo, que para administrar el gobierno requirió obtener una mayoría de votos. A diferencia de los anteriores, en el caso del Judicial los intereses políticos no deben tener cabida. Ello en razón de que este poder está obligado a aplicar la ley para resolver no sólo los conflictos entre gobernantes y gobernados, sino también los que surjan entre los otros dos poderes.

El procedimiento para nombrar a los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral (previsto en el artículo 99 constitucional) propicia que la actuación de los ministros de la Corte sea políticamente sesgada. Recordemos que dicho proceso consta de dos fases. En la primera, los integrantes del máximo tribunal elaboran las ternas de los candidatos a magistrados electorales; en la segunda, los senadores eligen a quiénes de entre esas ternas les parece que tienen el mejor perfil.

El 5 de julio pasado la Corte publicó la convocatoria para cubrir las siete vacantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral. Ahí se estableció que los interesados en postularse debían entregar, entre el 7 y el 13 de julio, la documentación necesaria y un ensayo sobre criterios electorales. La Corte publicó el 5 de agosto la lista de los 126 aspirantes que cumplieron los requisitos. El 16 de agosto los ministros votaron por quienes consideraron idóneos para cubrir las vacantes. Hay que subrayar que, a diferencia de las resoluciones judiciales, en este caso los ministros no fundaron ni motivaron sus votos, reduciendo a 42 el número de candidatos. Vale la pena señalar que entre los 84 eliminados se encuentran tres consejeros del INE a quienes los ministros no consideraron capaces de desempeñarse como magistrados, sin fundar ni motivar su decisión.

Los 42 semifinalistas comparecieron el 22 y el 23 de agosto ante la Corte para acreditar sus conocimientos. En la última fecha los ministros seleccionaron a 21 candidatos distribuidos en siete ternas que deberán ser votadas por los senadores. La revisión de las ternas muestra un conflicto de interés al interior del Poder Judicial federal. Ello debido a que, al menos en cuatro de ellas, hay un integrante de dicho poder, llegando al extremo de que la cuarta terna está formada exclusivamente por magistrados de circuito. Por otra parte, aun cuando seis de los 21 candidatos seleccionados son mujeres, la integración se hizo de tal forma que sólo dos podrán ser magistradas electorales. En lugar de distribuir a las candidatas en seis ternas, los ministros las concentraron en dos, condenándolas de antemano a una representación minoritaria, incurriendo así en una distribución de cuotas de género.

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