Genocidio en Armenia: verdad histórica y verdad legal

Genocidio en Armenia: verdad histórica y verdad legal
Por:
  • larazon

Mauricio I. Ibarra

En diciembre de 1948 la ONU aprobó la convención que previene y sanciona el delito de genocidio, entendido como cualquier acto gubernamental orientado a destruir (total o parcialmente) un grupo nacional, étnico, racial o religioso.

El término “genocidio” , acuñado por el jurista Raphael Lemkin en 1943, se refiere al exterminio de pueblos o razas en razón de que sus integrantes pertenezcan a alguna etnia o raza, o practiquen determinada religión. La convención fue aprobada tras los horrores cometidos por el régimen nazi en Europa.

La conmemoración del centenario del genocidio en Armenia es útil para distinguir entre verdad histórica y verdad legal. Los hechos son simples. El pueblo armenio, asentado desde la antigüedad en el Cáucaso, quedó dividido a partir del siglo XIX en el territorio de los imperios ruso y otomano. En 1913 alrededor de 2 millones de armenios vivían bajo jurisdicción otomana.

Teniendo a la Primera Guerra Mundial como telón de fondo, el gobierno del sultán Mehmed VI, temeroso de una alianza entre cristianos rusos y armenios, determinó la deportación masiva de estos últimos. Al concluir la guerra, la población armenia en la zona se redujo a 200 mil habitantes. Alrededor de un millón de personas fueron asesinadas o murieron de hambre o por enfermedad durante la expulsión forzada. El resto partió al exilio.

Hablar del genocidio armenio en términos históricos es acertado. La academia ha mostrado sobradamente la responsabilidad del gobierno otomano en lo que los armenios denominan como Meds Yeghern (Gran Matanza). El propio Lemkin afirmó haberse inspirado en la política que el gobierno otomano siguió contra los armenios para nombrar al genocidio como tal. No obstante, calificar la muerte de cientos de miles de armenios como genocidio en términos legales es más problemático. La Convención de Viena sobre el derecho de los tratados (artículo 28) señala que las disposiciones de un tratado no obligan a los gobiernos respecto a actos que hayan tenido lugar con anterioridad a la entrada en vigor del tratado. El análisis de la convención sobre genocidio indica la inexistencia de disposiciones que prevean su aplicación retroactiva. Legalmente esto significa que es errado afirmar la existencia de genocidio en Armenia por dos motivos. Primero: el término ni siquiera había sido acuñado al momento de ocurrir los sucesos. Segundo: las disposiciones de la convención no pueden ser aplicables al gobierno de la república turca, pues su vigencia inició más de 30 años después de cometidos los hechos. De ahí que ninguna demanda legal, financiera o territorial pueda ser interpuesta contra el gobierno turco con base en la convención sobre genocidio.

La postura del gobierno turco se ha ido modificando a lo largo del tiempo. Del negacionismo absoluto ha pasado a la admisión de la existencia de las masacres, puntualizando que se debieron a circunstancias propias de un conflicto bélico, no a un plan de exterminio sistemático y premeditado. No obstante, es previsible que en el futuro cercano persista la divergencia entre verdad histórica y verdad legal.