La censura del ISBN

La censura del ISBN
Por:
  • guillermoh-columnista

Si usted quiere imprimir un libro que se pueda distribuir de manera comercial, tiene que pedir antes un número ISBN. Estas siglas significan en inglés “número internacional normalizado del libro”. Para obtener el número ISBN tiene que acudir a la agencia mexicana encargada de otorgar ese registro, que, para efectos prácticos, equivale a un permiso para la distribución comercial de las publicaciones.

En su artículo 6º la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos garantiza la libertad de expresión y su artículo 7º la libertad de imprenta. Sin embargo, la agencia mexicana del ISBN está funcionando como una especie de oficina de censura que —de acuerdo con reglas internacionales que nada tienen que ver con la legislación mexicana— decide qué libros pueden o no tener ese registro.

El caso que quiero comentar no es el de un sucio libelo o el de un folleto ofensivo, sino el de una antología de artículos de filosofía. El compilador es el doctor Napoleón Conde, un profesor que acudió a una editorial comercial, Torres y Asociados, para publicar el libro. Esa editorial, aunque pequeña, incluye en su catálogo decenas de libros académicos. Sin embargo, cuando solicitó a la agencia mexicana del ISBN un número para poder distribuir comercialmente la antología mencionada, se lo negaron.

La razón esgrimida por la agencia mexicana del ISBN es que un profesor o investigador no puede publicar un libro académico en una editorial distinta a la de la institución académica que le financió su trabajo. Para gestionar el ISBN tiene que acudir a su escuela o universidad, para pedir que sea ella la que haga el trámite y controle su publicación.

Detrás de esta restricción está el principio de que los académicos no pueden publicar trabajos de manera independiente de la institución en la que laboran. Por lo que entiendo, la idea es impedir la proliferación de libros académicos de baja calidad que fueron elaborados con el apoyo de instituciones académicas o, incluso, que fueron pagados por los propios autores con recursos de esas instituciones. Sin embargo, ese principio no está inscrito en ninguna norma legal de nuestro país. La agencia mexicana del ISBN no puede negar números sobre la base de aquella regla que carece de fundamento jurídico.

Arrebatar a los profesores e investigadores la titularidad plena de los derechos de publicación de sus escritos académicos es una decisión que debilita la libertad de expresión y de imprenta. La agencia mexicana del ISBN no puede fundamentar sus actos en “criterios internacionales” que no han sido discutidos en nuestro país por todos los actores involucrados: las universidades, los profesores e investigadores y las editoriales comerciales.

En vez de poner trabas a la publicación de libros académicos, deberíamos fomentar su producción, distribución y venta. México necesita más, muchos más, libros académicos. La agencia mexicana del ISBN no puede arrogarse la función de una oficina de censura.