Tenencia, algunos peros…

Tenencia, algunos peros…
Por:
  • larazon

El viernes entró en vigor el Decreto por el que se otorga el estímulo fiscal relacionado con la Tenencia, con el cual Hacienda complica una medida que en el discurso del Presidente parecía tan sencilla y prometedora.

Al final quedó como un estímulo fiscal que limita los beneficios para los consumidores (personas y empresas) y complica la recuperación de este impuesto para los distribuidores que lo paguen inicialmente a nombre del comprador. Veamos:

1) La medida no es obligatoria porque dejó como opcional que los empresarios del ramo paguen la Tenencia y después lo acrediten contra el ISR. Como lo detalla la reportera Karla Ponce en la nota que se publica en esta misma página, sólo una cuarta parte de los distribuidores registran utilidades, lo cual pone en duda la aplicación general de esta medida en beneficio de las familias.

2) Aunque estaba implícito, quedó definido que este estímulo se aplica al momento de la compra. Así, si usted compra un auto nuevo en este año y el distribuidor opta por pagar la Tenencia, su ahorro será descendente dependiendo de la fecha de adquisición (como se muestra en la gráfica abajo) y después deberá pagar la Tenencia 2011. Posteriormente se pagará el gravamen que definan los gobiernos y legislaturas locales.

Si decide comprar el auto en enero del 2011, la Tenencia que se ahorrará será de 4 mil 500 pesos en caso de una auto con precio base de 150 mil pesos; 6 mil 289 para uno de 200 mil pesos, y 8 mil 333 pesos en el caso de otro cuyo precio sea de 250 mil pesos. En los meses siguientes la Tenencia y el ahorro se reducen mes a mes.

3) En el caso de las empresas, el beneficio también está acotado ya que directamente acreditarán la Tenencia pagada y las deducirán en sus declaraciones, pero actualmente ya es deducible la compra hasta por 165 mil pesos, por lo cual sólo la diferencia será un crédito fiscal acreditable contra el ISR.

4) Para los distribuidores también quedó establecido que únicamente lo podrán acreditar contra el ISR. No contra el ISAN o IVA. Además, ellos pueden acabar pagando la tenencia, ya que cuando se registren utilidades, entonces aumentará el cargo por IETU.

O lo que es peor, podrían aumentar los precios para no verse afectados.

e-mail: manuel.herrera@3.80.3.65