Va por castigo más duro que el Código Federal

Avala Oaxaca pena histórica contra la pornografía infantil

Congreso local establece sanciones de hasta 14 años a quien difunda contenido sexual de menores; en pandemia se dispara 73 por ciento el consumo de estos materiales

Diputados de Oaxaca votan la reforma, el pasado 23 de noviembre.
Diputados de Oaxaca votan la reforma, el pasado 23 de noviembre.Foto: Especial
Por:

El Congreso de Oaxaca aprobó sanciones que van de los nueve hasta los 14 años de prisión y multas económicas a quienes difundan por redes sociales o Internet contenido de índole sexual que involucre a menores de edad.

Aunque el Código Penal Federal instruye penas de hasta 12 años de prisión para quienes cometan este delito, no todas las entidades lo establecen de la misma manera en sus códigos penales.

El 19 de noviembre, el Congreso de Puebla aprobó una reforma al Código Penal local que elimina la prescripción de los delitos sexuales en el estado y establece pena de dos a siete años de prisión a quien no denuncie dichos actos, incluido el de la pornografía infantil.

El 15 de noviembre pasado, la Fiscalía General de Michoacán dictó una sentencia condenatoria por siete años de prisión contra un hombre por su responsabilidad en la difusión de pornografía infantil en Morelia, en 2016. En este estado, esa práctica se castiga con hasta 10 años de cárcel. En Durango, como en Oaxaca, la pena máxima es de 14 años de prisión. En Zacatecas es de ocho.

Rosario Alfaro, de la asociación civil Guardianes, explicó a La Razón que desafortunadamente la iniciativa votada en Oaxaca es de las pocas en el país que considera una normativa para la pornografía infantil, pues en la mayoría de los estados ni siquiera se tipifica como delito, y por ende, no está registrado en el Código Penal. “Entonces, aunque una persona pudiera hacer una denuncia, se enfrenta a que no haya claridad con respecto a qué ley se está transgrediendo, lo que genera que haya impunidad”. 

Por otra parte, resaltó que estos delitos ocurren “con mucha frecuencia” y que se ha notado que cada vez los agresores de menores son “más jóvenes”; aunado a que el tiempo en que la gente pasa en Internet es mayor; además, la supervisión de los adultos ha disminuido, lo que incrementa las posibilidades de que niñas y niños sean víctimas de acoso por Intenert o se les fotografíe con otros fines. 

Sólo en los primeros meses de la pandemia (marzo y abril) el consumo de pornografía infantil aumentó 73 por ciento, según el Centro de Respuesta a Incidentes Cibernéticos de la Guardia Nacional.

En la mayoría de los estados ni siquiera se tipifica como un delito, y por ende, no está registrado en el Código Penal. Entonces aunque una persona pudiera hacer una denuncia, genera impunidad

Rosario Alfaro, Asociación civil Guardianes

“Está muy bien lo que se hizo en Oaxaca, de legislar sobre estos temas, pero lo que nos falta en la República es tener un código único para garantizar los derechos de niñas y niños y un protocolo muy claro de qué hacer cuando estos casos ocurren”, dijo Rosario Alfaro.

Asimismo, resaltó la falta de una cultura de denuncia, lo que dificulta el seguimiento a estos casos. “Sabemos que una de cada 10 personas denuncian. En el caso de este tipo de violencia sexual o digital, no tenemos claridad al respecto”.

Juan Martín Pérez, director de la Red por los Derechos de la Infancia en México suscribió que la iniciativa es una “buena noticia”; sin embargo, resaltó que aunque se trata de un marco que permite construir política pública, falta es crear una normativa federal para que las autoridades puedan investigar sólidamente y abatir la impunidad. 

En entrevista explicó que hay mucha gente, en especial varones, que consumen este tipo de materiales violatorios; sin embargo, actualmente no hay datos concretos que permitan saber cuántos menores son afectados por estas prácticas.

  • El dato: Un grupo de Facebook que invitaba a “compartir imágenes de nenas de 5 a 12” logró reunir a 12 mil miembros; fue dado de baja en mayo, tras ocho días de actividad.