En Código Penal
Morena va por reforma a delitos contra robo de ganado en Tabasco
Morena presentó una iniciativa para reformar el Código Penal de Tabasco y clasificar al robo de ganado como delito que afecta la economía estatal; abigeato representa pérdida de 700 millones de pesos al año, destacó
El diputado local de Morena, Luis Roberto Salinas Falcón, presentó una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado de Tabasco para clasificar al robo de ganado o abigeato como un delito que afecta la economía estatal y el ámbito social.
La iniciativa por la que se derogan y adicionan diversos artículos del Código Penal del Estado de Tabasco fue elaborada en consenso con las uniones ganaderas, la Fiscalía General del Estado, así como grupos sociales de la entidad.
El diputado local recordó que en 2019 se aprobó una reforma al Código Penal de Tabasco en materia de abigeato, sin embargo, la iniciativa propone clasificarlo como un delito que impacta la economía estatal, no únicamente patrimonial.
El morenista advirtió que hay un gran riesgo para la sustentabilidad de la actividad, ya que este delito representa una pérdida de 700 millones de pesos al año.
“Dicha afectación no sólo vulnera la economía particular, pues la revisión a los aspectos sanitarios de la cadena alimentaria, revela que los efectos de este delito han trascendido de lo patrimonial a lo público y social”
Luis Roberto Salinas FalcónSalinas Falcón mencionó que se debe reclasificar el delito de robo de ganado “mediante la extracción de este tipo penal del capítulo de delitos patrimoniales y se adicione uno que tenga como bien jurídico tutelado a la sociedad, por su impacto en la soberanía e inocuidad alimentarias y la estabilidad económica del sector pecuario en el Estado”, expuso.
La iniciativa contempla dotar a la autoridad ministerial y jurisdiccional del marco jurídico adecuado y suficiente para combatir el abigeato con una política de “tolerancia cero”.
En tanto, propuso impedir que las personas que resulten vinculadas a proceso por el delito de robo de ganado obtengan los beneficios procesales dirigidos a obtener su libertad con mayor facilidad, como el acceso a un acuerdo reparatorio previsto en los artículos 186 y 187 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
El morenista argumentó que la reparación del daño no es suficiente, ya que se trata de un delito de naturaleza furtiva, por lo que es difícil detectarlo con la prontitud adecuada para poder ejercer acciones eficaces.
“El ganadero en el mejor de los casos, detecta el robo del ganado, al día siguiente cuando realiza su conteo; para ese entonces, las cabezas de ganado se encuentran a varios kilómetros de su origen, y en la mayoría de los casos ya están sacrificados y procesados para su venta en canal”
Luis Roberto Salinas FalcónPor último, la iniciativa planteó la ampliación de la protección al sector productivo primario de la economía estatal, mediante la adquisición de la capacidad jurídica para proporcionar una tutela sobre los bienes jurídicos subyacentes e intrínsecamente ligados a la ganadería como lo son la economía local, la autonomía alimentaria estatal y el desarrollo industrial del estado.
KEFS
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