Reportan alza de contagios

Tabasco reduce movilidad y horarios de comercios ante COVID-19

El gobernador Adán Augusto López emite decreto para ampliar medidas restrictivas; destaca que número de fallecidos por COVID-19 va a la baja

El gobernador Adán Augusto Lopez anuncia nuevas medidas en Tabasco ante aumento de casos COVID-19.
El gobernador Adán Augusto Lopez anuncia nuevas medidas en Tabasco ante aumento de casos COVID-19.Foto: Captura de video
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Ante el aumento de casos de COVID-19 en Tabasco, tras registrar 357 nuevos en las últimas 24 horas, más de dos mil pacientes activos y 178 hospitalizados por causas respiratorias, el gobierno estatal emitió un decreto que contempla la reducción de la movilidad ciudadana y restringe horarios para la venta de bebidas alcohólicas.

En el documento se establece que los giros y actividades no esenciales podrán operar a 50 por ciento de su capacidad de atención al público, siempre y cuando garanticen la sana distancia y exclusivamente de lunes a viernes, en sus horarios habituales de apertura y hasta las 17:00 horas.

Al respecto, el gobernador Adán Augusto López Hernández llamó a prevenir ante un posible rebrote de casos y resaltó: “Lo cierto es que estamos en un grave riesgo de que se oficialice un rebrote que nadie quiere; afortunadamente el número de hospitalizados y fallecimientos se mantiene a la baja”.

Sobre las nuevas restricciones, se indicó que comercios deberán abstenerse de realizar eventos que propicien la aglomeración de personas, como venta nocturna, de liquidación, gran barata y similares, los cuales se podrán realizar únicamente en línea o vía telefónica, bajo la modalidad de entrega a domicilio.

Este decreto ordena también el cierre temporal de salones y recintos destinados a la realización de fiestas o eventos, incluyendo los que se encuentran ubicados en hoteles.

También instruye a la Secretaría de Finanzas para que, por razones de interés público y social, restrinja los horarios para la venta y consumo de bebidas alcohólicas en hoteles y restaurantes.

A la Secretaría de Movilidad se le ordena determinar e implementar las medidas y acciones correspondientes tendientes a reducir la movilidad en todo el estado.

Además, faculta a las autoridades estatales y municipales en materia de seguridad pública, tránsito vehicular y movilidad, en el ámbito de sus respectivas competencias, a vigilar el cumplimiento del decreto y en caso de su incumplimiento apliquen las sanciones correspondientes.

Finalmente se señala que las personas físicas y jurídicas colectivas que no cumplan con las disposiciones contenidas en el decreto, serán acreedores a las sanciones establecidas en la Ley de Salud del Estado de Tabasco.

srv