El Congreso de la Unión aprobó, dentro de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) 2026, una exención fiscal para la Federación Internacional de Futbol Asociación (FIFA) y para las personas físicas y morales que participen en la organización del Mundial 2026, en el que México será coanfitrión junto con Estados Unidos y Canadá.
El beneficio quedó establecido en el Artículo 25 transitorio de la ley, el cual señala que la FIFA, sus filiales, socios comerciales, empresas contratistas, hoteles y demás participantes estarán libres de cumplir obligaciones fiscales por los actos y actividades directamente vinculados con el evento.
Esto incluye exenciones en retención, pago o declaración de impuestos sobre la renta (ISR), IVA y otras contribuciones.

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¿Quiénes no pagarán impuestos por el Mundial 2026?
De acuerdo con el texto aprobado, y en términos prácticos, quedarán exentos; en la medida en que sus actividades estén directamente relacionadas con el Mundial, y esto beneficiará a:
- La FIFA y sus subsidiarias, que operan la marca y los derechos comerciales del torneo.
- Empresas patrocinadoras y contratistas involucradas en la logística, montaje, operación, seguridad, venta de boletos o servicios técnicos del evento.
- Medios de comunicación y televisoras que transmitan o difundan los partidos y contenidos oficiales.
- Hoteles, agencias de viajes y empresas de transporte que presten servicios directamente contratados o acreditados por la organización del Mundial.
- Personas físicas o morales, nacionales o extranjeras, que participen en la organización, ejecución de partidos, difusión o comercialización vinculada al torneo.
Estos actores quedarán exentos de obligaciones fiscales solo por las actividades relacionadas con la Copa del Mundo, no por otros ingresos o negocios ajenos al evento.
Entrará en vigor desde finales de 2025
La medida entrará en vigor durante el último cuatrimestre del ejercicio fiscal 2025, es decir, algunos meses antes del inicio del torneo.
Quienes busquen la exención deberán registrarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y demostrar su relación directa con la organización del Mundial.
El SAT será la autoridad encargada de definir las reglas de carácter general, los requisitos y los plazos para solicitar el beneficio. Según el dictamen legislativo, los interesados deberán presentar su solicitud a más tardar el 31 de enero de 2026.
Durante el debate legislativo, los promotores de la medida destacaron el impacto económico positivo que se espera del evento. Se estima una derrama de entre 1,800 y 3,000 millones de dólares por concepto de turismo y consumo, además de millones de visitantes.

Un beneficio condicionado y temporal
El gobierno mexicano subraya que la exención tiene un carácter temporal y específico, limitado a las actividades del Mundial.
El SAT deberá vigilar que los beneficiarios cumplan con los criterios establecidos y evitar que se use el esquema para evadir impuestos en otras actividades.
Aunque busca fortalecer la posición de México como anfitrión y atraer inversión, la medida deja abierta la discusión sobre su equidad fiscal y su impacto en la recaudación pública conforme se acerque la Copa Mundial 2026.
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MSL

