Instituto debe ser punta de lanza, indican

Aprueba INE formatos 3 de 3 contra la violencia hacia las mujeres

Los aspirantes a candidaturas independientes o partidistas deben presentar que no han sido condenados o sancionados por agresiones con motivo de género

Carla Humphrey sesión del INE.
Carla Humphrey sesión del INE.Cuartoscuro
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Por unanimidad de votos, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los formatos de la declaración “3 de 3 Contra la Violencia”, cuyo objetivo es prevenir, atender, sancionar, reparar y erradicar la Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género.

Carla Humphrey, presidenta de las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y No Discriminación y de Prerrogativas y Partidos Políticos, precisó que son cuatro formatos los que estarán disponibles, uno para candidatos de partidos políticos, otro para candidaturas independientes, quienes aspiran a conformar los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE) y el último es para quienes ingresarán al Servicio Profesional Electoral.

Humphrey Jordan señaló que el INE debe dar el ejemplo sobre como lograr que la perspectiva de género no sea sólo una declaración, sino que cruza de forma transversal todas las actividades cotidianas de la sociedad.

Consideró que el Instituto “pone un pie adelante y da el ejemplo que espera repitan otras autoridades para que las personas que violenten a las mujeres no ocupen cargos de elección popular o cargos en estructuras internas”.

Los formatos aprobados incluyen la declaración, bajo protesta de decir verdad, que deberán presentar todos los aspirantes a candidaturas independientes o partidistas, así como quienes busquen convertirse en funcionarios electorales de que no han sido condenados o sancionados, con resolución firme, por violencia familiar o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público.

Tampoco deberán haber sido condenados o sancionados por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.

Los aspirantes a puestos de elección popular o a convertirse en funcionarios electorales no deberán haber recibido condena o sanción como deudor alimentario o moroso, salvo que acredite estar al corriente del pago o que cancele en su totalidad la deuda y que no cuente con registro vigente en algún padrón de deudores alimentarios.