INAI implementa el Centro de Atención a la Sociedad

INAI implementa el Centro de Atención a la Sociedad
Por:
  • larazon

Foto: Especial

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) publicó los lineamientos para la operación de su Centro de Atención a la Sociedad (CAS).

Entre las funciones destacan recibir y responder las consultas que formulen las personas al instituto, así como orientarlo para que ejerzan su derecho de acceso a la información y protección de datos.

El documento publicado en el Diario Oficial de la Federación señala que el centro también tiene la misión de facilitar la captura de las solicitudes de información pública y/o de datos personales y de recursos de revisión y/o denuncias, así como promover los eventos y actividades institucionales de capacitación y difusión.

El CAS será el único medio autorizado para recibir y responder las consultas que formulen las personas al INAI y su operación se basará en tres niveles, donde cada servidor público involucrado en el modelo será responsable de cerrar en el sistema el reporte de atención que le ha sido asignado.

Los servicios del CAS estará integrado por agentes, evaluadores, supervisores, administradores y el responsable del servicio.

Asimismo, funcionará de manera presencial en un horario de lunes a jueves de 9:00 a 18:00 horas y de 9:00 a 15:00 horas los viernes, en horario continuo; por medios remotos en la sede institucional y mediante módulos itinerantes.

El registro de la solicitud se realizará el mismo día en que se formule, siempre y cuando sea en día hábil dentro del horario de servicio del CAS, que también contará con instalaciones para atender a personas con discapacidad.

La atención para las consultas que se reciban en el primer nivel de atención deberá resolverse en máximo 48 horas o escalarse al siguiente nivel de atención donde deberán resolverse en máximo 72 horas.

En caso de no resolverse se deberán enviar al siguiente nivel, que deberá responder en un máximo de 10 días hábiles salvo que implique un pronunciamiento del pleno y si existen retrasos se deberán documentar los motivos para extender los plazos indicados.

En todos los casos, una vez agotado el plazo se deberá comunicar a las personas los motivos y la fecha programada de respuesta.

El servicio podrá ser evaluado por las personas al concluir la atención recibida mediante un cuestionario de satisfacción, con excepción del servicio a través del correo postal y los resultados se publicarán cada mes en la página electrónica institucional.