Productos de higiene menstrual
SCJN admitió acción contra IVA en artículos de higiene femenina
Según los promotores de esta iniciativa, el cobro del IVA a estos productos representa un obstáculo para el acceso efectivo al derecho a la salud
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad para evitar que se cobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los productos de higiene menstrual.
Se trata de un recurso promovido por 169 diputados federales de diversas bancadas, principalmente del PRI, PAN y Movimiento Ciudadano, el cual impugna diversas fracciones de la Ley de Ingresos y del Código Fiscal de la Federación, que permiten gravar estos productos con el 16 por ciento de IVA.
Los inconformes, quienes promovieron lo mismo durante en el mes de diciembre, pero que fue rechazado por los legisladores de Morena y sus aliados, sostienen que dicho impuesto constituye una práctica discriminatoria, ya que el periodo menstrual y sus cuidados son una necesidad para las mujeres, y el cobro del IVA representa un obstáculo para el acceso efectivo al derecho a la salud.
Al admitir a trámite la acción, la SCJN emplazó al Congreso de la Unión y al Poder Ejecutivo Federal para que remitan por escrito los antecedentes que dieron origen a las leyes impugnadas.
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