Juristas piden extradición del agente de la migra

Juristas piden extradición del agente de la migra
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Por David Saúl Vela

david.vela.razon@gmail.com

Él o los agentes de la Patrulla Fronteriza de Estados Unidos que el pasado lunes asesinaron de un tiro al mexicano Sergio Adrián Hernández Güereca, de 14 años de edad, sí podría enfrentar un proceso penal en México y su consecuente castigo.

Así lo consideraron los abogados penalistas Rafael Heredia y Alonso Aguilar Zinser, quienes explicaron que dicho procedimiento penal tendría que basarse en el artículo cuatro del Código Penal federal, que a la letra dice:

“Los delitos cometidos en territorio extranjero por un mexicano contra mexicanos o contra extranjeros, o por un extranjero contra mexicanos, serán penados en la República, con arreglo a las leyes federales, si concurren los requisitos siguientes:

“I.- Que el acusado se encuentre en la República; II.- Que el reo no haya sido definitivamente juzgado en el país en que delinquió, y III.- Que la infracción de que se le acuse tenga el carácter de delito en el país en que se ejecutó y en la República”.

Aguilar Zinser explicó que para llegar a enjuiciar en México al o los presuntos responsables las autoridades mexicanas deben iniciar un averiguación previa y con base en las investigaciones identificar al responsable.

Luego deben librar una orden de aprehensión en su contra y una vez que el juez la conceda, proceder a la detención de la persona si está en México y si no iniciar, los trámites de detención provisional con fines de extradición.

“Aquí hay que tener la salvedad de que el responsable no sea enjuiciado en Estados Unidos por este delito, pues de lo contrario no podría ser extraditado”, dijo Aguilar Zinser en entrevista.

De acuerdo con autoridades de Estados Unidos, los hechos se registraron cuando presuntos inmigrantes trataron de cruzar ilegalmente la frontera y al verse descubiertos dispararon contra un grupo de menores que los agredieron a pedradas.

No obstante, la versión de los sobrevivientes es que la agresión fue totalmente injustificada pues ni se trataba de indocumentados, ni querían cruzar la frontera. Dijeron que la agresión fue directa e incluso acusaron que el agente homicida cruzó la frontera hacia México.

¿Qué dice la ley federal?

El artículo 4 del Código Penal establece:

Los delitos cometidos en territorio extranjero por un mexicano contra mexicanos o contra extranjeros, o por un extranjero contra mexicanos, serán penados en la República (...) si concurren los requisitos siguientes:

I.- Que el acusado se encuentre en la República.

II.- Que el reo no haya sido definitivamente juzgado en el país en que delinquió.

III.- Que la infracción de que se le acuse tenga el carácter de delito en el país en que se ejecutó y en la República.