Piden a INAH explicar demolición de capilla en Tlaxcala

Piden a INAH explicar demolición de capilla en Tlaxcala
Por:
  • larazon

Foto: Especial

La senadora del Partido Acción Nacional (PAN) Marina Gómez del Campo Gurza presentó un punto de acuerdo para invitar a la directora del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) a una reunión para que explique la demolición de la Capilla del Santo Cristo, en San Pablo del Monte, Tlaxcala.

La panista expuso que dicha capilla, construida en 1620, estaba catalogada como propiedad de la nación e inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal, en custodia de la Diócesis de Tlaxcala.

Señaló que el titular de la parroquia, Juventino Rocha Lima, argumentó a través de un comunicado de la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) no haber sido consultado sobre la demolición de este monumento histórico.

Gómez del Campo Gurza comentó que el INAH y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta) presentaron una denuncia penal ante el Ministerio Público federal en el estado de Tlaxcala, en cuya legislación está prevista que la destrucción de un monumento histórico es un acto penado con 11 años de prisión.

Precisó que la Subprocuraduría de Investigación de Delitos Federales de la Procuraduría General de la República (PGR) atrajo el caso, y será la encargada de continuar con las investigaciones para dar con los responsables.

Castigo a responsables

La legisladora panista agregó que la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos establece que son propiedad de la nación los monumentos históricos muebles e inmuebles.

Indicó que la ley también precisa que al que realice trabajos materiales de exploración arqueológica por excavación, remoción o por cualquier otro medio en monumentos arqueológicos inmuebles o en zonas de monumentos arqueológicos, sin la autorización del INAH, se le impondrá prisión de tres a 10 años y de mil a tres mil días de multa.

Asimismo, dijo que el ordenamiento puntualiza que aquel o aquellos que por cualquier medio dañen, alteren o destruyan un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de tres a 10 años y multa de hasta por el valor del daño causado.