Conoce a quién se le dará prioridad
Publican en el DOF Ley General de Movilidad y Seguridad Vial
La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial busca garantizar el derecho a todas las personas a la movilidad en condiciones de accesibilidad, inclusión e igualdad
Este martes fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, con la que se establecen los lineamientos para garantizar el derecho a todas las personas a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.
Integrada por 82 artículos, esta ley buscará priorizar el desplazamiento de las personas, particularmente de los grupos en situación de vulnerabilidad, así como el de bienes y mercancías.
Su objetivo es disminuir los impactos negativos sociales, de desigualdad, económicos, a la salud, y al medio ambiente, para reducir defunciones y lesiones graves a causa de accidentes viales.
Para cumplir este objetivo, las autoridades competentes deberán procurar acciones que disminuyan los factores de riesgo, a través de sistemas de movilidad a través de sistemas seguros.
Esto implicará el respeto a las medidas mínimas de tránsito establecidas, tales como que los conductores cuenten con licencia, se priorice el paso de peatones en las vías públicas de acuerdo con su funcionalidad, utilizar el cinturón de forma obligatoria, uso de sistemas de sujeción para sillas de ruedas en transporte público.
Entre las medidas destaca que las autoridades de los tres niveles de gobierno aplicarán el conocido “alcoholímetro”, método aprobado por la Secretaría de Salud Federal, a fin de evitar la conducción de cualquier vehículo bajo el efecto del acohol.
Además, establece que en respeto al derecho a la movilidad, en condiciones de igualdad y sostenibilidad, las personas serán el centro del diseño y desarrollo de los planes, programas, estrategias y acciones en la materia.
A raíz de esta ley, también se deberá vincular la política de movilidad y seguridad vial con la de ordenamiento territorial y desarrollo urbano.
Su entrada en vigor será a partir de mañana, 18 de mayo, y el Congreso de la Unión y las legislaturas estatales tendrán un plazo no mayor a 180 días para aprobar las reformas necesarias a las leyes de su competencia, a fin de armonizarlas con lo dispuesto en esta norma.
RFH
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