Puntean partidos y funcionarios en casos de violencia política de género

Puntean partidos y funcionarios en casos de violencia política de género
Por:
  • jose-gerardo

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió resoluciones en 87 casos de violencia política de género durante 2019, como uso de lenguaje discriminatorio, obstaculización de funciones, fallas en pago de dietas, amenazas, violación al derecho de ser votada, acoso laboral, daños físicos o psicológicos y retiro de financiamiento.

Con base en la información solicitada al TEPJF por La Razón, en los ocho rubros que definen la violencia ejercida contra las mujeres que realizan actividades políticas, los funcionarios públicos son los que más casos agrupan, con 38 (44 por ciento del total); de ellos, ocho son por lenguaje discriminatorio, 12 por obstaculización de funciones, ocho por casos relativos a pago de dietas, siete por amenazas, dos por acoso laboral y uno por violencia física y psicológica (la única de este tipo).

El segundo tipo de responsable más común de perpetrar estos hechos son los partidos políticos, las cuales están involucrados en 33 resoluciones (38 por ciento); de ellas, 24 son por lenguaje discriminatorio, seis por obstaculización de funciones, dos por violación al derecho de ser votada y uno por retiro de financiamiento.

El dato. Muchas de las conductas que involucran las agresiones políticas contra las mujeres en razón de género configuran delitos reconocidos por la ley.

Un ejemplo de esto es la resolución tomada por la Sala Regional Xalapa del TEPJF, el 31 de mayo de 2019, cuando ordenó al Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) profundizar y pronunciarse en el caso de la existencia de violencia política de género ejercida en contra de dos candidatas del PRI a regidoras en los municipios de San Cristóbal de las Casas y Pichucalco, a quienes el tricolor intentó reemplazarlas.

Posteriormente se encuentran los Ayuntamientos, que acumulan nueve denuncias (10 por ciento) por este tipo de casos; se trata, principalmente, de asuntos relativos al pago de dietas, con cinco; obstaculización de funciones, tres, y violación al derecho a ser votada, con una.

Ejemplo de esto son los actos de violencia política en razón de género cometidos por algunos integrantes del Cabildo del municipio de Yaxe, Ocotlán de Morelos, en contra de la regidora de Salud, quien fue destituida; por ello, el 7 de noviembre de 2019, el Tribunal ordenó a los integrantes del Ayuntamiento restituirla en el cargo, así como el pago de dietas adeudadas a la mencionada funcionaria.

Otro más se resolvió el 13 de junio pasado, luego de que la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF modificó la sentencia del Tribunal Electoral de Puebla, relacionada con actos de violencia política de género, debido particularmente a no convocar a las actoras a varias de las sesiones del Cabildo, falta de un espacio físico para el desempe-

ño de sus funciones y no efectuar el pago de las quincenas, por lo que respecta a una de ellas, en el Ayuntamiento de Jalpan, Puebla.

Ciudadanos y candidatos son los que en menor cantidad de resoluciones del tribunal están presentes, con cinco y dos casos (seis y dos por ciento), respectivamente; todos ellos relativos con el uso de lenguaje discriminatorio.

De los 87 casos evaluados con el protocolo para erradicar esta práctica, la Ciudad de México es la entidad en la que se reportó el mayor número de recursos, con 24, seguida de Oaxaca y Morelos, con 10 cada uno.

El 5 de diciembre pasado, Felipe Fuentes Barrera, presidente del TEPJF, afirmó que la violencia política de género ya debería ser una causa de nulidad de una elección en nuestro país.

El tip. Panistas poblanas acusaron ayer un caso de este tipo tras la remoción de la diputada Mónica Rodríguez como coordinadora de la bancada en el Legislativo local.

Ese día, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que define a la violencia política en razón de género como toda acción u omisión ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos político y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, la toma de decisiones y la libertad de organización. El dictamen fue remitido al Senado de la República y de ser avalado pasará al Ejecutivo para su publicación.

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