SCJN prohíbe compensación de impuestos

SCJN prohíbe compensación de impuestos
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La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prohibió ayer a los jueces federales conceder suspensiones para que los contribuyentes puedan seguir aplicando la compensación universal en pago de impuestos, que fue cancelada en enero por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador.

Resolvió por cuatro votos contra uno de los ministros de la Corte, que las suspensiones no proceden, ya que una aplicación indiscriminada de la compensación puede favorecer fraudes fiscales.

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, la compensación de impuestos consiste en la disminución de un adeudo que se tenga por concepto de un impuesto federal a cuenta del saldo a favor que se tenga en otro. Esta facilidad podrá usarse siempre que no se trate de impuestos originados por la importación de bienes, que estén a cargo de autoridades distintas o que sean impuestos con un fin específico.

No obstante, el máximo tribunal del país aún tendrá que resolver el tema de fondo, que es aclarar si haber eliminado la compensación universal fue constitucional.

Los ministros resolvieron esta situación de acuerdo a una contradicción de tesis entre tribunales colegiados de circuito, los cuales otorgaron suspensiones en el primer trimestre del año para seguir aplicando la compensación al considerar que no se afectaba el interés público.

Los tribunales colegiados a favor de la suspensión afirmaban que la compensación universal sigue prevista en el Código Fiscal y en la Ley del IVA, por lo que permitirla mientras se resuelven los amparos no afecta la recaudación.

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