Consolidación de la carrera judicial

Senado discute este jueves reformas de AMLO a SCJN

Buscan aprobar la propuesta que modifica seis artículos de la Constitución; cambios pretenden evitar discrecionalidad en el nombramiento de jueces

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Senado de la RepúblicaFoto: Cuartoscuro.
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La cámara alta se prepara para aprobar, el próximo jueves, en comisiones, la iniciativa presidencial de reforma al Poder Judicial de la Federación.

El dictamen que se someterá a discusión es la propuesta que formuló el ministro Arturo Zaldívar y que fue retomada por el Presidente, Andrés Manuel López Obrador. En ella se propone la consolidación de la carrera judicial, evitar la discrecionalidad en el nombramiento de jueces y magistrados, combatir la corrupción y el nepotismo.

También plantea la profesionalización de jueces; fortalecimiento de la Defensoría Pública y apuntalar el rol de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como un tribunal constitucional.

Mediante esta serie de reformas, la SCJN estaría facultada para remitir asuntos a los plenos regionales y a los Tribunales Colegiados de Circuito, con el fin de desahogar los asuntos judiciales.

El proyecto propone reformar el artículo 94 de la Constitución, para que los acuerdos y sentencias aprobados por mayorías calificadas en la SCJN, con ocho votos, y en las salas, por mayoría de cuatro, sean de carácter obligatorio para todas las autoridades jurisdiccionales, es decir deberán ser los criterios que normen las decisiones de jueces.

También quedará asentado que el nombramiento de funcionarios del Poder Judicial se apegue a la paridad de género.

Además, se crea la Escuela Federal de Formación Judicial, encargada de implementar los procesos de formación y actualización del personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial.

La reforma establece que una vez que haya nombramientos en el Poder Judicial de la Federación, no procederá la impugnación en contra de la designación de magistradas, magistrados, juezas y jueces, pero los resultados de los concursos de oposición sí podrán ser cuestionados.

Las controversias constitucionales también procederán cuando se trate de leyes generales, por actos u omisiones de los jueces o magistrados.