SFP define conducta de funcionarios para prestar servicios públicos

SFP define conducta de funcionarios para prestar servicios públicos
Por:
  • larazon

Foto: Archivo

La Secretaría de la Función Pública (SFP) dio a conocer el protocolo de actuación de los servidores públicos en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.

El documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que entrará en vigor dentro de 30 días naturales, establece las reglas generales para el contacto con particulares, las reuniones, visitas, actos públicos y procedimientos deliberativos.

De igual manera, se dieron a conocer los formatos que deberán utilizar los particulares para manifestar vínculos y posibles conflictos de interés con los servidores públicos con cargos como presidente de la República, secretarios de Estado, consejero Jurídico Ejecutivo Federal.

Así como con aquellos que se desempeñen como procurador general de la República, subprocuradores o titulares de fiscalías especializadas; titulares de los órganos reguladores coordinados y administrativos desconcentrados; subsecretarios; consejeros adjuntos; oficiales mayores; titulares de unidad; directores generales, gerentes, subgerentes.

Los particulares también deberán presentar un manifiesto de sus vínculos o relaciones de negocio o conflicto de interés con quienes tengan relación y ostenten un cargo como directores o integrantes de los órganos de gobierno o de los comités técnicos de paraestatales y empresas productivas del Estado.

De igual manera con quienes intervienen en las contrataciones públicas y en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.

Por otro lado, la SFP publicó el Código de Ética para los servidores públicos del gobierno federal, así como las reglas de integridad para el ejercicio de la función pública.

También dio a conocer los lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los comités de ética y de prevención de conflictos de interés.

En ese sentido, la Función Pública destacó que los principios por los que se debe regir la conducta de los funcionarios son legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia y deberán anteponer en el desempeño de su cargo el interés público, el respeto, la igualdad y no discriminación, la equidad de género, entre otras.