Van contra Ley Orgánica de la Administración Pública

Van contra Ley Orgánica de la Administración Pública
Por:
  • elizabeth osorio

Coordinadores de los partidos de oposición en la Cámara de Diputados presentaron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica de la Administración Pública (LOAPF), aprobada el pasado 13 de noviembre.

Juan Carlos Romero Hicks, líder de la bancada del PAN; René Juárez Cisneros, del PRI; Ricardo Gallard, del PRD; y Tonatiuh Bravo, de MC, argumentaron que se presentaron cinco presuntas violaciones, durante la aprobación de la norma y en la creación de la figura de los superdelegados, los cuales, aseguran, operarán de forma discrecional los programas sociales en los estados.

Indicaron que en primera instancia se vulneró “el principio de legalidad y de democracia representativa”, al aprobar en lo particular las reformas a la LOAPF, durante una sesión vespertina que se realizó fuera del reglamento de la Cámara baja.

Agregaron que hubo arbitrariedad, por parte de la Mesa Directiva, que decidió discutir solamente esta propuesta de ley en la Comisión de Gobernación y Población, aun cuando se requería la opinión de las de Seguridad Pública, Economía Comercio y Competitividad, Federalismo y Desarrollo Municipal.

El Dato: La reforma al artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, da luz verde al Presidente de crear comisiones para la investigación de temas específicos.

También, señalan que la segunda irregularidad es la creación de la figura de los superdelegados, quienes operarán los programas sociales del Gobierno federal en los estados, pues representan “la aparición de un sistema netamente centralista” que viola la soberanía de las entidades federativas.

Aseguran que la tercera violación está en la adición del segundo párrafo de la fracción XXI del Artículo 33 de la LOAPF, el cual señala que la Secretaría de Energía (Sener) coordinará con la Comisión Reguladora de Energía, la determinación de las tarifas reguladas de los servicios establecidos en la Ley de la Industria Eléctrica.

Argumentan que la cuarta irregularidad está en que las Consejerías Jurídicas nombren y remuevan a los titulares de las unidades encargadas del apoyo jurídico de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal,  pues violenta los artículos 14, 28 y 90 de la Constitución.

Por último, indicaron que el hecho de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) sea la encargada de las compras de bienes y servicios de la Administración Pública Federal, quebranta los artículos 14, 16 y 134 de la Carta Magna.

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