Ven debilidad jurídica en Guardia Nacional

Ven debilidad jurídica en Guardia Nacional
Por:
  • fernando_nava

Para que el nuevo gobierno pueda crear la Guardia Nacional se necesitaría reformar por lo menos dos artículos de la Constitución, empezando por el 73, a fin de darle facultades al Congreso para legislar en materia de seguridad interior, afirmó la jurista Jazmín Sánchez Estrada.

En entrevista con La Razón, la experta en Derecho Constitucional explicó que luego de reformar el artículo 73 se tendría que reformar el 129, que establece que en tiempos de paz las fuerzas armadas se deben dedicar sólo a las labores de su disciplina militar.

Sin embargo, advirtió que aun si se cumple con todo este proceso legislativo, que puede ser muy largo, habría controversias e impugnaciones, pues se repite el camino que recorrió la Ley de Seguridad Interior.

“Están haciendo exactamente lo mismo: ir en un ámbito que no le compete (al Congreso). Yo creo que aquí es un referente la Ley de Seguridad Interior; muy probablemente el mensaje es que no se va a aceptar. Y vamos más allá, incluso podríamos estar ante una reforma anticonstitucional, porque la naturaleza propia de las Fuerzas Armadas es actuar en tiempos de guerra, defender la soberanía del país”.

Sánchez Estrada hizo énfasis en que no basta una reforma constitucional para darle a las Fuerzas Armadas una serie de competencias que no tiene. “Yo creo y me atrevería a decir que es una cuestión no sólo inconstitucional, sino anticonstitucional”.

Añadió que el hecho de que en la Guardia Nacional participen militares será motivo de impugnaciones y controversias y la Corte fácilmente podría derribar el nuevo marco jurídico, como hizo con la Ley de Seguridad Interior.

“No es viable, tendría que repensarse. En la lógica de lo que se planteó en la ley anterior, es exactamente lo mismo, no puede utilizarse a las Fuerzas Armadas para cuestiones de seguridad interna,  que corresponde a civiles. Estamos en la lógica de que tendrán que ser efectivos previamente capacitados, pero no el Ejército, que es lo que se ha venido discutiendo”.

Agregó que es un tema que no sólo causará controversia al interior del país, pues la Corte Interamericana de Derechos Humanos también ha  emitido opiniones que van en contra de la utilización del Ejército en labores de seguridad pública.

“La propia Corte Interamericana en distintas sentencias, donde ha habido delitos relativos a la desaparición forzada, ha manifestado esto, que no debe utilizarse para funciones de seguridad a los efectivos de las Fuerzas Armadas; entonces esto no sólo es un diálogo al interior de los estados, en este marco del Estado de derecho, sino que incluso ya ha habido recomendaciones emitidas, dirigidas al Estado mexicano, en sentido de que esto no debe ocurrir”, resaltó.

Abundó en que la participación del Ejército en labores de seguridad podría provocar que éste actúe fuera del marco de la ley y que tenga que escudarse en que no pueden ser juzgados en el fuero civil.

“Ellos son efectivos de las Fuerzas Armadas, no es que dejen de fungir como efectivos, simplemente lo que está sucediendo es que los están enviando a hacer funciones que deberían hacer los civiles, yo considero que no hay elementos para estar bajo ese supuesto, de que entonces ya se les pude juzgar como si fueran

civiles”, apuntó.