Elige el mejor seguro de vida

Elige el mejor seguro de vida
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  • larazon

Por Claudia Castro Reyna

¿Estás pensando en contratar un seguro de vida, pero no sabes cuál te conviene? Antes de dar ese paso, es importante que conozcas las características que te ofrece cada uno de los diferentes seguros de vida.

Son de diferentes tipos, como para garantizar la protección económica de tus beneficiarios en caso de que fallezcas, otros que incluso pueden servirte como instrumentos de ahorro, hasta aquellos que permiten asegurarte en vida, es decir, los llamados seguros de sobrevivencia.

En el mercado, las aseguradoras ofrecen diferentes tipos de seguros. Lo importante es que más allá del precio, contrates aquel que satisfaga tus necesidades.

En el caso del seguro de sobrevivencia, el beneficiario, que en este caso es generalmente el propio asegurado, percibirá la suma asegurada si vive hasta la fecha predeterminada, éste garantiza el pago de un capital o una renta al beneficiario.

Dentro de este esquema, hay diferentes modalidades.

Por ejemplo, de capital diferido, en donde la compañía de seguros se compromete a entregar la suma asegurada al vencimiento del plazo convenido en el contrato si es que el asegurado vive para esa fecha o puede ser un reembolso si el asegurado fallece antes de la vigencia.

Los hay también de renta vitalicia inmediata, que son aquellos en los que la compañía de seguros, a cambio de una prima única, que garantiza el pago inmediato de una renta a una o varias personas hasta la muerte de la persona que contrató el seguro.

Otros son los de renta diferida, en donde la aseguradora se compromete, al finalizar el plazo del diferimiento estipulado, a pagar al asegurado una renta constante y periódica mientras viva.

Como plan de ahorro. En el caso de los seguros de vida bajo la modalidad de capitalización, la compañía de seguros pagará al asegurado un capital al vencimiento del contrato a cambio de la obligación de realizar el pago de primas periódicas durante la vigencia del contrato.

Asimismo están los seguros de jubilación, a través de los cuales se realiza un pago hasta que el asegurado alcance la edad de su jubilación y que puede integrar un plan de pensiones; además el seguro dotal mixto, el cual se integra por un seguro de riesgo y un seguro de ahorro, por lo que si el asegurado fallece antes del plazo previsto, se entregará a sus beneficiarios la indemnización estipulada y si sobrevive se le entregará la suma asegurada.

El seguro de vida universal, combina el proceso de capitalización y el seguro temporal renovable, lo cual lo convierte en un plan de ahorro; mientras que en el caso de seguro en caso de fallecimiento, el beneficiario recibirá la suma asegurada cuando se produzca el suceso, ya sea por causa natural o accidental.

Modalidades del seguro de vida

Seguro en caso de sobrevivencia.

El beneficiario (que en este caso es generalmente el propio Asegurado) percibirá la suma asegurada si vive hasta la fecha predeterminada, éste garantiza el pago de un capital o una renta al beneficiario.

Seguro en caso de fallecimiento.

El Beneficiario recibirá la suma asegurada estipulada cuando se produzca el fallecimiento del Asegurado, ya sea por causa natural o accidental, ya sea que se trate de un capital o de una renta.

Seguro Dotal Mixto.

En esta modalidad si el asegurado fallece antes del plazo previsto, se entregará a sus beneficiarios la indemnización estipulada, y si sobrevive a dicho plazo se entregará al propio asegurado la suma asegurada establecida.

Importante

• 1. La designación de beneficiarios es un paso importante al momento de contratar un seguro de vida.

• 2. Recuerda que la empresa pagará la suma asegurada que se especifique en el contrato de seguro los beneficiarios.

• 3. No importa si designaste tus beneficiarios al momento de contratar tu póliza, en todo momento podrás cambiarlos o agregar otros mediante un escrito a la aseguradora.

• 4. En caso de que no designes a beneficiarios y no hayas hecho ningún testamento, tus herederos deberán llevar a cabo un procedimiento llamado sucesión legítima, con la cual un juez designará a los beneficiarios.

• 5. En caso de designar a un menor de edad, hazlo a través de un contrato de fideicomiso, así una fiduciaria se hará cargo de administrar el seguro.

Fuente: Condusef

agp