¡Exige tus utilidades!

¡Exige tus utilidades!
Por:
  • larazon

¿El reparto de utilidades en tu empresa no llega? ¡Tranquilo! El tiempo para hacerlo aún no ha concluido. De acuerdo con la legislación laboral vigente, esta prestación debe pagarse antes del 30 de mayo, si el patrón es una persona moral, y antes del 30 de junio, si se trata de una persona física.

Pero lo mejor de todo es que no estás solo para reclamarlas. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), asesora y representa de manera gratuita a los trabajadores para que obtengan oportunamente el pago correspondiente al reparto de utilidades del ejercicio fiscal 2010.

Este pago adicional al salario debe ser realizado cuando los patrones han tenido ganancias en el año anterior, como una retribución al esfuerzo productivo de los trabajadores.

La cantidad a recibir depende del salario base y del número de días laborados por el trabajador en el año anterior; generalmente el monto individual se calcula por una Comisión instalada en cada centro de trabajo, integrada por representantes de los trabajadores y del patrón.

¿Pero por qué acercarte a la PROFEDET? Esta institución se encarga de asesorar, conciliar y representar a la clase trabajadora ante cualquier conflicto laboral de carácter federal. Estas semanas está concentrada en resolver todas las dudas que tengan los trabajadores respecto a la participación de utilidades.

Para solicitar asesoría comunícate al teléfono 01(800) 911.7877, también puedes escribir al correo electrónico quejasprofedet@stps.gob.mx o acudir a cualquiera de las 47 oficinas que tiene en toda la República Mexicana. En el Distrito Federal se ubican en Dr. Vértiz 211, col. Doctores. Los servicios que proporciona son totalmente gratuitos.

¿Qué trabajadores tienen

derecho de este pago?

Trabajadores de planta. Independientemente del número de días que hayan laborado en el año.

Trabajadores por tiempo determinado (eventuales). Siempre que hayan laborado 60 días durante el año, ya sea en forma continua o discontinua.

Ex trabajadores de planta. Tienen derecho a participar en las utilidades con el número de días trabajados y su salario.

Ex trabajadores por tiempo determinado (eventuales). Cuando hayan laborado cuando menos 60 días en forma continua o discontinua.

Trabajadores de confianza. Con la limitante de que si el salario que perciben es mayor del que corresponda al trabajador sindicalizado, se considerará este último salario, aumentado en 20%, como salario base máximo.

Fuente: Sistema de Administración Tributaria, SAT.

Haz algo útil con ellas

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) ofreció una serie de recomendaciones para aprovechar este ingreso extraordinario para fortalecer tu patrimonio y el de tu familia.

Paga tus deudas: Este ingreso extra puede ayudarte de manera significativa a liquidar o disminuir tus deudas. Aunque no puedas liquidar todas, puedes comenzar por aquellas que te representan un mayor costo.

La Condusef te aconseja que si tienes varias deudas, apliques la mayor cantidad de dinero disponible en aquella que tenga el CAT (Costo Anual Total) más elevado, de manera que la deuda que te quede tenga el menor costo posible y sea más sencillo.

Invierte: Por mínima que sea la cantidad de dinero que recibas, date a la tarea de guardar una parte, a través del sistema financiero formal, es decir, bancos, afores o aseguradoras, hacerlo te dará la impresión de que no te lo acabaste de un solo golpe y estás actuando con miras al futuro.

Si no tienes deudas, una opción son las Sociedades de Inversión, con las que puedes fortalecer o iniciar algún plan de inversión. Recuerda que puedes realizar inversiones accesibles en Cetesdirecto www.cetedirecto.com.mx.

Piensa en tu futuro: Otra opción es que consideres realizar una aportación voluntaria en tu cuenta individual de ahorro que administra tu afore. Es un plan de inversión a largo plazo, pero tradicionalmente esta opción ofrece los mayores rendimientos a tu favor una vez que ya estés en tu etapa de jubilado. Para esto te recoimendamos que te acerques a un asesor de la afore en la que estés inscrito, él te ayudará a realizar el trámite.