Si tienes una emergencia, tu afore te saca de apuros

Si tienes una emergencia, tu afore te saca de apuros
Por:
  • larazon

Especial

claudia.castro@3.80.3.65

Si eres un trabajador con una cuenta de afore, es importante que sepas cuándo puedes disponer de los recursos que estás ahorrando.

De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) existen dos tipos de retiro, los parciales y los totales.

Como su nombre lo indica, en los retiros parciales no podrás retirar todos los recursos disponibles en tu cuenta de afore, pero podrían ayudarte a enfrentar situaciones como el desempleo, o los gastos generados por el matrimonio.

Pero para no hacerte bolas, aquí te presentamos lo que debes saber para poder hacer un retiro en tu afore.

Si estás desempleado…

» Para poder disponer de los recursos de tu afore, necesitarás haber cumplido con al menos 3 años de cotización.

» Para iniciar el trámite será indispensable que hayas obtenido tu Certificación de Baja del Trabajador Desempleado, la cual te otorga el IMSS después de 46 días de desempleo.

Podrás retirar mínimo 30 días y máximo 90 días de tu Salario Base de Cotización.

» Según la Consar, los trabajadores que hayan quedado desempleados a partir del primero de octubre de 2008 y que antes del 27 de mayo del 2009 hayan ejercido el retiro parcial por desempleo, podrán solicitar la diferencia entre la cantidad recibida y la que tengan derecho conforme a la reforma.

» Para iniciar el trámite deberás acudir a la Subdelegación Administrativa del IMSS que te corresponde y solicitar la Certificación de Baja del Trabajador Desempleado.

Con esta certificación de baja, tendrás que ir a tu afore a presentar tu solicitud de retiro por desempleo.

» La afore te entregará la cantidad que te corresponde en un máximo de cinco días hábiles ya sea por medio de un cheque, o un depósito.

Tú puedes acceder a este beneficio sólo cada 5 años.

» No pierdas de vista que por solicitar este tipo de retiro se te descontarán semanas de cotización; pero podrás recuperarlas si realizas aportaciones totales o parciales a tu cuenta de retiro directamente en tu afore.

Este puede ser un plan para enfrentar la contingencia que significa quedarte sin trabajo, y después te pones al corriente con tus semanas de cotización.

Si te acabas de casar

» Todos los trabajadores que tuvieran 150 semanas al SAR 97 al momento de la celebración de su matrimonio, pueden solicitar este tipo de retiro ante su afore.

» Podrán disponer de 30 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal a la fecha de la celebración de tu boda.

» Entre los requisitos se encuentran, que el matrimonio se haya celebrado a partir del 1 de julio de 1997 y contar con la Resolución de Ayuda de Gastos de Matrimonio emitida por el IMSS.

» Primero deberás acudir a la Unidad de Medicina Familiar que te corresponde y solicitar la Resolución de Ayuda de Gastos de Matrimonio.

» Con esta resolución, acude a tu afore a solicitar tu dinero, la cual te deberá entregar la cantidad que te corresponde en un plazo no mayor a 5 días hábiles, ya sea vía cheque o depósito.

» De este tipo de retiro sólo podrás disponer una vez en la vida y a diferencia del retiro por desempleo, en éste ya no se te descuentan semanas de cotización.