Mónica Garza

Oficinas de Gobierno ¿ponen penitencia al “pecado” de tatuarse?

GENTE COMO UNO

Mónica Garza *Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Mónica Garza 
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Por:

No se hagan heridas en el cuerpo por causa de los muertos, ni tatuajes en la piel. Yo soy el Señor. (Levítico 19:28)

Es probable que muchos de los que están leyendo esta columna tengan algún tatuaje por ahí, o varios, o muchísimos…Yo tengo uno, mi hija muchos y la mayoría de los que me rodean diariamente llevan algunos, de todos tamaños.

Es probable que muchos por aquí se hayan hecho su primer tatuaje a escondidas, en un acto de rebeldía, pagando eventualmente alguna factura con los padres o algún otro miembro de la familia, por andarse “pintando el cuerpo como presidiario”… ¿Cuántas veces habremos escuchado eso?…

Seguramente no son pocos los que por aquí celebraron en 2013, aquella demanda laboral de un joven trabajador contra una importante tienda departamental en la Ciudad de México, que presuntamente lo despidió por tener tatuajes evidentes.

(Misma tienda que reincidió en 2019 en su sucursal de Puebla, pero esa vez contra una clienta, según lo denunciado por ella).

El joven perdió la demanda frente a la poderosa empresa, que utilizó todos los medios a su alcance para justificar el despido por razones de desempeño y ganó.

Pero el debate inevitablemente escaló públicamente —quizá como nunca antes— y tuvo consecuencias, porque lo que quedó en evidencia fue la estigmatización y protocolos discriminatorios que algunas empresas establecen —aquí y en todo el mundo— privilegiando la apariencia del empleado por encima de sus capacidades y aptitudes profesionales.

De aquel caso han pasado ya 8 años, en medio se han acumulado otros similares, algunos ya con mejores resultados, pero eso no significa que el camino en ese ámbito esté allanado. No hemos aprendido tanto.

En la función pública, no están exentos de ese tipo de escenarios, al contrario, se advierten algunas políticas individuales, “a discreción”, con memorandos internos donde se podría estar privando al funcionario de la libertad de expresión a la que todos tenemos derecho.

Los códigos de vestimenta en empresas privadas o instituciones públicas, no son legales, pero ilegales tampoco, y pueden estar establecidos bajo distintos criterios razonados.

Posiblemente alcancen a justificarse en entidades como las Fuerzas Armadas, la Secretaría de Salud o entre los cuerpos policíacos, pero no entre el resto de una sociedad con una función civil.

Una persona se hace un tatuaje, en la ciudad de Puebla.
Una persona se hace un tatuaje, en la ciudad de Puebla.Foto: Cuartoscuro

Eso es DISCRIMINACIÓN en todas sus letras.

Desde el año 2011 existe un estatuto constitucional como resultado de una reforma en materia de derechos humanos, que es el derecho a la no discriminación que como derecho humano, el Estado Mexicano está obligado a garantizar.

Por eso resultó tan indignante para muchos, que el domingo pasado trascendiera información de una supuesta instrucción de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal a sus funcionarios, para seguir un código de vestimenta que entre otras cosas les impide usar “tatuajes, piercings y opinar sobre AMLO en las redes sociales”.

La nota del periódico Reforma, firmada por el reportero Jorge Ricardo, denunciaba un “Código de vestimenta y convivencia en la oficina” que se lee tan absurdo como su mismo nombre.

El vocero de la presidencia, Jesús Ramírez Cuevas, desde su cuenta de Twitter se apuró a aclarar que dicha información era falsa y publicó la liga donde se puede consultar el Código de Conducta que rige a la Consejería Jurídica, que por cierto, no es lo mismo que un Código de Vestimenta…

Más tarde, el diario responsable de la nota, subió a su portal el “Código de vestimenta y comportamiento en la oficina” de la Consejería Jurídica de la Federación, en el que basó su publicación, y donde se encuentra un apartado titulado “Indumentaria fuera de Código”.

En éste destaca para los hombres: aretes, camisetas, zapatos sin calcetines; para las mujeres: Tops y ombligueras, minifaldas, leggins; y para ambos: Pantalón de mezclilla desteñidos o rotos, Piercings y tatuajes visibles, Tenis, Ropa con leyendas o mensajes y Accesorios con mensajes políticos.

Hoy la existencia de dicho Código de Vestimenta, de acuerdo a una nota aclaratoria publicada después por el Gobierno Federal, se encuentra “bajo investigación para deslindar responsabilidades”, investigación que a casi una semana de su revelación, no ha arrojado ningún resultado.

Como sea, no quedó de más la polémica y sirvió para recordar a la comunidad tatuada o con modificaciones corporales —y a todos los demás—, que cuentan con los mismos derechos que cualquier ciudadano, y que todo acto de discriminación por su apariencia, estará violando la ley.