QR ¿invasión a la privacidad?

SURCO

Obdulio Ávila
Obdulio ÁvilaLa Razón de México
Por:

El Gobierno de la Ciudad ha solicitado un registro con QR o mensaje SMS para ingresar a cualquier espacio cerrado, público o privado. Hace una semana la Agencia Digital de Innovación Pública lo presentó como un sistema obligatorio; sin embargo, posteriormente la Jefa de Gobierno señaló que sería de incorporación voluntaria y no se sancionaría a los que no lo hicieran. La medida ha sido aplaudida y criticada.

La medida estuvo en vigor en diversos establecimientos de la ciudad desde la semana pasada.

Rastrear una enfermedad para cortar o disminuir el contagio es una acción razonable y urgente, aunque sea una medida tardía o el sistema utilizado (para algunos) poco eficaz. Sin embargo, el poder público está obligado a que sus decisiones estén basadas en el ordenamiento jurídico y debidamente justificadas, lo que se conoce como fundamentación y motivación de los actos de autoridad.

Conforme a la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados en la Ciudad de México, estamos ante un tratamiento intensivo o relevante de datos personales, que ameritan una manifestación de impacto a la protección de datos personales.

El Gobierno de la Ciudad debió realizar una evaluación de impacto en la protección de datos personales y presentarla ante el INFOCDMX para su dictamen y este órgano debió emitirlo dentro de los treinta días posteriores a la presentación de la evaluación.

El dictamen debe contener recomendaciones que permitan mitigar y reducir la generación de impactos y riesgos que se detecten en materia de protección de datos personales. ¿Por qué no se ha hecho público?

La Ciudad cuenta con órganos e instrumentos para tratar datos personales sensibles, ¿por qué no se socializa el instrumento correspondiente que señale que el tratamiento de los datos resultan proporcionales, necesarios e idóneos frente al interés público de preservar la salud pública?

De las personas físicas que registran su número telefónico se conocerán qué lugares visita, por lo que puede desprenderse información para fines distintos a los del combate a la pandemia. Además, se desconoce si se accede a otro tipo de metadatos contenidos en el aparato telefónico, por lo que existe incertidumbre en el tratamiento de la medida.

En adición, el ordenamiento jurídico local ordena poner a disposición de las personas el aviso de privacidad, para que se tenga certeza de cómo se trataran sus datos. Sin embargo, ningún establecimiento lo hace.

La protección de datos personales está vinculada a la libertad política, el sistema implementado implica manejo de datos personales sensibles, y el proceso electoral puede mantener ocupada a una Agencia Digital, tildada de reducto de secciones de asalto a las oposiciones capitalinas.

Urge transparentar, aclarar y socializar la satisfacción de los requerimientos jurídicos de la medida.

E insisto, si los datos se guardan y utilizan, será un cúmulo de información que habrá servido para aminorar la pandemia y también para tomar decisiones políticas y electorales.