Tattoo: Tantito y que no se vea

Tattoo: Tantito y que no se vea
Por:
  • jacqueline tapia

"Y la piel se convirtió en el lienzo en donde dibujamos, coloreamos, hasta el grado de tatuarnos con nuestros más profundamos amores, imágenes y frases. Mezclamos así nuestra sangre con el color, el dolor y la alegría al ver el diseño final”

En días pasados fue modificado el artículo 21, facción II, III y el 42, del Reglamento De Reclutamiento De Personal Para El Ejército Y Fuerzas Aéreas Mexicanas. Las modificaciones hacen referencia a los tatuajes. Es decir, ya podrán ingresar al Ejército, Fuerzas Armadas y ahora, a la Guardia Nacional, personas que tengan tatuajes; y aunque la noticia es, sin duda, buena, en los “asegunes” se esconde el prejuicio.

Las modificaciones son una lista de limitantes que inician con un “siempre y cuando”, limitando el derecho a la construcción de la personalidad, en la que se incluye decorar nuestro cuerpo con las imágenes que querremos y en el porcentaje de piel que querramos.

Les piden a las y los aspirantes que sus tatuajes no se vean y queden bien escondiditos bajo el uniforme, lo que me recuerda aquella frase que dice: “En este lugar no se discrimina, pero respete que es un ambiente familiar”.  Y aunque no se ven,  los tatuajes deben cumplir con no ser más grandes de 10 por 10 centímetros  y que no cubran más de 10% de cuerpo.

El otro bloque de restricciones está en el diseño de ellos. Las imágenes no deben ser ofensivas a la moral; y me pregunto: ¿a cuál moral,  a la de la cartilla moral o a la del jefe en turno?  Imagino si alguien tienen tatuada en la espalda la bandera LGBTTTI, con las dimensiones establecidas, tendrá limitantes de entrar? O si tienen tatuados unos senos de mujer, ¿será que está faltando a la moral?  Por otro lado, dice que los tatuajes no pueden hacer apología del delito. Entiendo claramente el significado de apología, pero ¿aquí cabrá también apología al odio?; ¿qué pasa si lleva tatuada una suástica?

Y ya por último  habla de las perforaciones; para los hombres queda totalmente prohibido y para las mujeres, sólo en los lóbulos de las orejas, un agujerito en cada uno, para los aretes, asumiendo que  lo correcto sólo son dos y que los hombres no usan.

Dejan el Reglamento el derecho establecido en el artículo 21,  lo cual les hace ver como incluyentes,  pero en el fondo no se han desprendido de los prejuicios y de los estigmas, ya que los tatuajes deben ser poquitos, que no se vean, y a su modo.  Y ninguna de sus limitantes va acompañada de algún motivo razonado.

¿Por qué no quieren que nadie los vea?, ¿qué diferencia hay entre un tatuaje de 10 centímetros y otro de 30 y porqué solo 10% del cuerpo? A todas esta preguntas deberían responder quienes presentaron las modificaciones, porque de no hacerlo, lo que hay es una restricción profundamente discriminatoria por estigmas construidos en el imaginario social en donde se criminaliza a las personas tatuadas y, además, deja como evidencia el rol de género de lo masculino y lo femenino con el tema de las perforaciones como un comportamiento social; y qué decir de lo moral.  Es tan subjetivo como la propia modificación.