Una ciudad ordenada

Una ciudad ordenada
Por:
  • Obdulio-Avila

Una ciudad ordenada implica derechos que puedan ejercerse sin que sea un verdadero galimatías encontrarlos. El texto vigente de la Constitución Política de la Ciudad de México, debe estar siempre  disponible  para cada persona que lo requiera.

¿Por qué señaló lo anterior? Porque  la ciudad estrenó Constitución hace dos años, la cual fue impugnada ante  la Suprema Corte de Justicia, la cual modificó 11 artículos, en consecuencia, el Congreso citadino realizó las adecuaciones correspondientes. Sin embargo, si una persona  quisiera conocer cuál es el texto vigente, no existe  una publicación oficial  impresa o en versión digital electrónica.

El texto constitucional, completo y  vigente de la capital federal, debería ser accesible para cualquier capitalino que tecleé su dispositivo móvil o computadora, y no estar reservado a abogados que conocen qué artículo se modificó y cuál es el texto que nos rige actualmente.

Una ciudad que se promueve  como de derechos, debería contar con un gobierno que concibe a la Constitución como el documento rector de nuestro pacto político local, ocupado en que fuera conocido por la mayor parte de la población y no reservado a especialistas.

El transitorio trigésimo octavo transitorio de la Constitución local, prescribe que: deberá ser accesible a todas las personas, por lo que las autoridades tomarán las medidas apropiadas para que sea adaptada y traducida a las diversas lenguas originarias que se hablan en la ciudad, y a todos los formatos accesibles de manera gratuita para cualquier persona, en un plazo de un año a partir de su publicación.

El dispositivo transitorio  citado, ordena que el texto sea accesible, que significa acceder sin dificultad, pero el acceso  al texto constitucional resultante después de la intervención de la Corte y del Congreso, es complejo.

El artículo transitorio aludido, también ordena que la Constitución esté disponible en todos los formatos de manera gratuita; sí está en versión impresa, digital y electrónica sin costo alguno para quien lo desee, pero es una versión desactualizada. No contiene las modificaciones.

El transitorio de marras ordena además, que las autoridades cuentan con el plazo de un año para que la Constitución sea accesible en todos los formatos y gratuita. Puede alegarse que apenas el 9 de mayo el Congreso aprobó las reformas. Ya llevan un mes ¿Se tomarán un año?

Por lo pronto, 11 artículos son solo accesibles para especialistas, e inexistentes -en su real contenido- para la mayoría de la población.

De la Constitución local devienen leyes constitucionales y legislación ordinaria, urge que todos los capitalinos sepamos cómo queda cada texto, para saber con qué derechos se cuenta y de dónde debe partir la normatividad que dimana de ella.

El Gobierno de la ciudad, trasmite una imagen de descuido constante respecto al papel de las normas jurídicas, el inicio de su vigencia y a cuál está subordinada una de otra. ¿O la única norma que importa es la dictada por el presidente?