¿Cuál es el teléfono para resolver dudas sobre el trabajo por COVID-19?

¿Cuál es el teléfono para resolver dudas sobre el trabajo por COVID-19?
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El Consejo de Salubridad General declaró estado de emergencia por la pandemia de COVID-19, coronavirus, por lo que las autoridades ordenaron la suspensión inmediata de actividades no esenciales. Con lo que surgieron dudas de parte de las personas sobre qué va a pasar con el trabajo que desempeñan actualmente.

El presidente de México Andrés Manuel López Obrador dijo que ningún empleado debe ser despedido de su trabajo por la contingencia sanitaria en México y, además, se le debe pagar su sueldo completo durante un mes.

“Con la emergencia, es un mes de retiro, de permiso con goce de sueldo, se puede ayudar de esa manera, estoy seguro que la mayoría de los empresarios nos van a ayudar”, señaló.

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo?

La ley contempla la suspensión de empleos por emergencia sanitaria en sus artículos 427 y 429.

El 427 fracción VII dice lo siguiente “La suspensión de labores o trabajos, que declare la autoridad sanitaria competente, en los casos de contingencia sanitaria”.

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Mientras que el artículo 429  explica que “si se trata de la fracción VII, el patrón no requerirá aprobación o autorización del Tribunal y estará obligado a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente, por cada día que dure la suspensión, sin que pueda exceder de un mes”.

Durante el periodo de contingencia la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo estará dando apoyo y asesoría a los trabajadores, a través de un número de teléfono y de correo electrónico para resolver dudas.

Secretaría del Trabajo

5520005290/ 5520005300 ext.64394

atencion_ciudadana@stps.gob.mx

Procuraduría del Trabajo

800 7172942/ 800 9117877

 

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