Justicia electoral

SCJN desecha recurso contra reforma judicial

La Corte desestimó la acción de institucionalidad de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, promovida por Movimiento Ciudadano

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ayer, en sesión ordinaria.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ayer, en sesión ordinaria. Foto|Especial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó la acción de institucionalidad de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, promovida por Movimiento Ciudadano.

Lo anterior, dado que, a diferencia de las personas que aspiren a un cargo popular, las personas que participen en la elección judicial deberán ser sumamente cuidadosas con sus impugnaciones.

En la sesión de este martes, la mayoría de los ministros se mostró a favor del proyecto presentado por Alberto Pérez Dayán, el cual proponía invalidar el artículo 80, numeral 1, inciso i), párrafo dos.

En dicho precepto se establece que no operará la suplencia de la queja en los casos de juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, cuando una persona considere que se violó su derecho político-electoral a ser votado o votada para acceder a alguno de los cargos del Poder Judicial (PJ).

La mayoría consideró que no existe justificación razonable para el trato legislativo diferenciado, pues el hecho de que quienes participen en el proceso para la elección de juzgadores cuenten con estudios en áreas jurídicas no debe impactar sus derechos al debido proceso, acceso a la justicia y tutela judicial efectiva.

“La aspiración de la ciudadanía de acceder al cargo de jueces o magistrados es hoy una expresión de su derecho fundamental a ser votado, así como las personas que participan en las contiendas para ser integrantes de los ayuntamientos”, dijo el ministro González Alcántara Carrancá.