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Preparan cambios a minuta avalada en el Senado

Alistan ajustes a tema de marihuana lúdica

Diputados definirán 5 tipos de licencia para permitir que consumidores, productores y comercializadores adquieran semillas o plantas; se podrán portar hasta 28 gramos de hierba

El 19 de noviembre de 2020 se aprobó la minuta en el Senado.Foto: Cuartoscuro
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La bancada de Morena en la Cámara de Diputados propondrá cambios a la minuta del Senado sobre la reforma a la Ley Federal para la Regulación de la Marihuana estableciendo el permiso para el cultivo cuatro plantas por persona y hasta seis, cuando haya dos consumidores en la misma casa.

El documento ratifica que el consumo estará prohibido para personas menores de 18 años, en áreas de trabajo y no se podrá importar la planta o sus derivados industriales y tampoco se pueden elaborar productos comestibles o bebibles.

En la portación se reafirma que los consumidores podrán llevar hasta 28 gramos sin restricción; de 29 gramos a 200 se harán acreedores a una sanción administrativa y multa de 60 a 129 Unidades de Medida y Actualización (UMA), siempre y cuando no se trate de delincuencia organizada. A partir de 201 gramos sí daría lugar a sanciones penales.

De acuerdo con el documento con las propuestas centrales, en poder de La Razón, se busca poner fin a la polémica por la forma en que los consumidores, productores y comercializadores podrán adquirir semillas o plantas para consumo personal o la venta del producto. Se proponen 5 tipos de licencia: para cultivo, transformación (que incluye a los productores de cáñamo), comercialización o venta al público, exportación o importación y se incluye la de investigación, que permitirá la adquisición de la semilla o plántula, así como su uso exclusivamente en las cantidades y términos aprobados para este fin.

La bancada del PRI impulsa prohibiciones a la publicidad o promoción de la marihuana o productos derivados de su industrialización. Además, el miércoles 17 de febrero, los legisladores evitaron que los consumidores de drogas fueran considerados como enfermos mentales.

En 2017 entró en vigor un decreto que regula el uso del cannabis y su derivado, tetrahidrocannabinol, con fines medicinales. Un artículo transitorio estableció que en 180 días se debía expedir la ley reglamentaria, pero el Congreso no cumplió.

Ante ello, la familia de un pequeño que requería tratamiento promovió un amparo, y en 2019, la Suprema Corte ordenó que el Congreso legislara para permitir el uso medicinal de la planta, y que la ley debía aprobarse a más tardar el 29 de octubre de ese año, pero los legisladores no lo hicieron. Hubo una nueva prórroga que concluyó el 15 de diciembre de 2020, pero 5 días antes del fin del plazo, acordaron ampliarlo hasta el 30 de abril, cuando termina el periodo ordinario de sesiones.

En entrevista con este diario, la diputada Martha Tagle (MC), confirmó que “la Junta de Coordinación Política integró un grupo de trabajo y apenas (esta semana) se reunieron, y la idea es que los primeros días de marzo haya un dictamen que se discuta para que haya tiempo de que las modificaciones se vayan al Senado”.

El documento final deberá quedar listo la próxima semana para que los legisladores puedan analizarlo y votarlo en el pleno d antes del 2 de marzo, añadió el panista Éctor Jaime Ramírez Barba.

Nuevas reglas
​Las cantidades permitidas y no permitidas en la portación de la hierba:
  • ​Hasta 28 gramos sin restricción
  • De 29 a 200 gr, se impone sanción administrativa y multa de 60 y a 129 UMA
  • A partir de 201 gramos dará lugar a sanciones penales.