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Arturo Damm Arnal

Otras dos preguntas

PESOS Y CONTRAPESOS

Arturo Damm Arnal
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Por:

En el anterior Pesos y Contrapesos mencioné una de las materias, Historia Económica General, que impartí en la Escuela de Gobierno y Economía de la Universidad Panamericana, con la intención de responder, a partir de los hechos históricos, explicados por la teoría económica, dos preguntas: ¿cuáles son las causas del enriquecimiento y empobrecimiento de las naciones? Sabiendo cuáles son pueden procurarse las primeras y evitarse las segundas.

La otra materia que impartí, esta vez en la Facultad de Derecho, fue Derecho y Economía. La intención del curso fue responder otras dos preguntas. ¿Qué debe aportar el Derecho, en el sentido objetivo del término, compuesto por las normas jurídicas, al progreso económico, definido como la capacidad para producir más (dimensión cuantitativa) y mejores (dimensión cualitativa) bienes y servicios, para un mayor número de gente (dimensión social)? En México, ¿lo aporta?

¿Qué debe aportar el Derecho al progreso económico? El reconocimiento pleno, la definición puntual y la garantía jurídica de los derechos de los agentes económicos, en el sentido subjetivo del término, formado por las potestades de las personas, lo cual da como resultado a la Economía de Mercado en el sentido institucional del término, al Estado de Derecho aplicado a la economía, al Estado de Justicia en materia económica. Todo esto, ¿qué supone? La respuesta, y su explicación, se llevó buena parte del curso, respuesta y explicación que han estado presentes en muchos de estos Pesos y Contrapesos.

El Derecho debe aportar al progreso económico el Estado de Justicia, que consiste en el reconocimiento pleno, la definición puntual y la garantía jurídica de los derechos de los agentes económicos, Estado de Justicia que se conoce como Estado de Derecho.

En México, el Derecho ¿aporta lo que debe aportar al progreso económico? Para responder analizamos, teniendo como referencia el marco teórico de la Economía de Mercado en el sentido institucional del término, el capítulo económico de la Constitución, básicamente artículos 25 al 28, sin olvidar el 129 (por el tema del salario mínimo, que según la Constitución debe fijarse en función de las necesidades del trabajador y su familia, lo cual es un enorme despropósito) y el 133 (por el tema del comercio exterior y las limitaciones que puede imponerle el Poder Ejecutivo, lo cual es una enorme amenaza), y la conclusión es que no: el Derecho no aporta al progreso económico lo que debe aportar: el reconocimiento pleno, la definición puntual y la garantía jurídica de los derechos de los agentes económicos a la libertad individual para producir, ofrecer y vender, para demandar, comprar y consumir; a la propiedad privada sobre los medios de producción necesarios para poder producir, ofrecer y vender, sobre los ingresos necesarios para poder demandar, comprar y consumir.

En México el Derecho no solo no aporta lo que debe aportar, sino que amenaza aquello que debería reconocer plenamente, definir puntualmente y garantizar jurídicamente, los derechos de los agentes económicos. No hay Estado de Derecho sino de chueco. No hay Estado de Justicia sino de injusticia. Todo ello limita la capacidad de progreso económico, la posibilidad de lograr mayor bienestar para las personas.