A partir de este miércoles las personas físicas pueden comenzar a realizar su Declaración Anual correspondiente al año fiscal anterior, y la fecha límite para realizar este proceso es el jueves 30 de abril.
Las y los contribuyentes tienen la obligación fiscal de realizar su declaración anual con la finalidad de que se cuente con el reporte anual de sus ingresos, deducciones y gastos del año fiscal anterior.
La Declaración Anual tiene la finalidad de calcular el Impuesto Sobre la Renta (ISR) de las y los contribuyentes, y esto es regulado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Saldo a favor de la Declaración Anual 2026
Las personas físicas podrán realizar su Declaración Anual en la página oficial del SAT, en la que se encuentra el apartado de Declaración para personas al que pueden ingresar utilizando su RFC y contraseña.
Para poder hacer una deducción de ISR y tener saldo a favor se debe contar con las facturas de los gastos aplicables; además, el pago de estos debe haberse efectuado con medios electrónicos.
En caso de contar con un saldo a favor cuando se termine de ingresar todo lo necesario en la Declaración Anual, se deberá proporcionar una cuenta CLABE para que este monto sea regresado.
La cuenta CLABE interbancaria debe estar activa; además, las y los contribuyentes deben contar con su e.firma obligatoria en caso de tener un saldo a favor mayor de 10 mil pesos.
La fecha límite para la devolución automática de impuestos para aquellos que realicen su Declaración Anual dentro del plazo establecido es el 31 de julio del 2026, pero regularmente este se puede ver reflejado entre 5 y 15 días hábiles posteriores a la declaración.
Las deducciones personales que pueden dar un saldo a favor para las y los contribuyentes son las aportaciones complementarias para el retiro, colegiaturas y créditos hipotecarios.
También los depósitos en cuentas personales especiales para el ahorro, donativos, gastos funerarios, gastos médicos hospitalarios, primas por seguros de gastos médicos, y transporte escolar.
Se debe verificar que la información precargada sea correcta, y en caso de que sea necesario se requiere actualizar o completar dicha información para después guardar los cambios y poder incluir las deducciones personales que sean aplicables al ejercicio fiscal 2025.
Únete a nuestro canal de WhatsApp. En La Razón enviamos a tu celular lo más importante de México y el Mundo, recuerda que una persona informada siempre tiene La Razón.