FCH apaga radio y TV a productos milagro

FCH apaga radio y TV a productos milagro
Por:
  • larazon

Foto Notimex

Al firmar el decreto que reforma el reglamento de la ley general de salud en materia de publicidad, el presidente Felipe Calderon indicó que se pone un límite a la publicidad engañosa de los productos milagro, los cuales se anuncian en los medios de comunicación y representan un engaño, ya que pueden afectar la salud y la economía de los consumidores.

La reforma, que será publicada hoy en el Diario Oficial, obliga a que todo producto que se anuncie en radio y televisión obtenga un certificado de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), de lo contrario el comercial será retirado en un plazo de 24 horas.

“De ahora en adelante los medios de comunicación se asegurarán de que la publicidad que transmitan cuente con el permiso correspondiente o se haya presentado aviso ante la Secretaría de Salud.

“Es decir, el anunciante que pretenda publicitar un producto o servicio sujeto a control sanitario, por parte de la Secretaría de Salud, deberá presentar al medio de comunicación copia certificada de la carátula de registro sanitario o autorización vigente, así como el permiso correspondiente para su publicidad”, expuso el mandatario.

En compañía del titular de Salud, Salomón Chertorivski, el Ejecutivo señaló que las multas se incrementan de 60 a 400 por ciento para los fabricantes, distribuidores y comercializadores de estos productos llegando hasta 16 mil veces el salario mínimo vigente en el DF.

“Con esta reforma que entrará en vigor 30 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, estamos resolviendo vacíos legales que impedían hasta ahora una regulación efectiva de publicidad riesgosa para la salud, o francamente engañosa para la economía”, remarcó Calderón.

Por su parte, Chertorivski recordó que se han asegurado más de 250 mil productos milagro y que en los últimos cuatro meses se confiscaron 70 mil productos adicionales que violan la legislación sanitaria, además de que se suspendieron más de 800 anuncios.

“Con estas medidas se fortalece a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, que no debe ser vista como una autoridad punitiva, sino que enaltece su carácter de agencia nacional para beneficio de la salud pública y, de forma preponderante, de una sociedad que esté comprometida con su salud a través de información acreditada”, puntualizó.

Requerimientos:

Con las nuevas normas se establece que:

1» Los medios de comunicación masiva revisarán que la publi-

cidad que transmitan cuente con el permiso y/o registro co-rrespondiente o se haya presentado aviso ante la Secretaría de Salud. El anunciante que pretenda publicitar un producto o servicio sujeto a control sanitario deberá presentar al medio de difusión copia certificada de la autorización sanitaria; es decir, copia del registro y/o permiso publicitario que emite la Cofepris.

2» Ahora la Secretaría de Salud podrá solicitar a los medios de comunicación la suspensión inmediata de la publicidad de remedios herbolarios, suplementos alimenticios o productos cosméticos que carezcan de registro o permiso sanitario y no sean medicamentos y se ostenten como tales. Los medios deberán suspender el anuncio dentro de las 24 horas siguientes a la notificación.

3» Se incrementan las multas entre 60 y 400%, hasta llegar

a 16 mil salarios mínimos vigentes en el DF, para los fabricantes o anunciantes que pongan en riesgo la salud de la población.