Gana Ebrard primer round en la Corte

Gana Ebrard primer round en la Corte
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  • notimex

Por David Vela

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó ayer tres de las cinco controversias constitucionales promovidas por gobiernos estatales de extracción panista, contra la ley que permite en el DF los matrimonios entre personas del mismo sexo y que éstas adopten.

Aunque los cinco gobiernos utilizaron en sus recursos los mismos argumentos que los usados en la controversia de la PGR, la decisión de ayer aún no advierte tendencia sobre la decisión final de la SCJN en torno al tema.

Y es que el ministro Sergio Valls sólo resolvió que los gobiernos de Tlaxcala, Morelos y Guanajuato, carecen de de interés legítimo para promover dicho recurso previsto en el artículo 105 de la Constitución.

Se espera que las otras dos controversias, promovidos por los gobiernos de Sonora y Jalisco, sean resueltos el próximo lunes, día en que vence el plazo legal para que la SCJN determine si entra al estudio a fondo del asunto o lo desecha.

En sus argumentos, tanto la PGR como los cinco gobiernos panistas consideraron que la legislación capitalina sobajó el interés superior del niño, al derecho del adulto a formar una familia.

Estimaron que los derechos de la unión matrimonial ya están garantizados para las personas del mismo sexo en la Ley de Convivencia, por lo que pidieron a la SCJN derogar los las modificaciones al Código Civil del DF.

Señalaron, además, que al ser inconstitucional un de los dos artículos, ambos deben ser invalidados por ser parte de una modificación integral que de lo contrario quedaría una sistema “normativo irregular”.

En sendas resoluciones publicadas ayer, el ministro Valls rechazó el argumento de los gobiernos panistas, en el sentido de que la vigencia del Código Civil del DF podría afectar a entidades.

Los estados sustentaron su supuesto en el artículo 121 de la Constitución, que según ellos obliga a que las estados de la República deben dar fe y crédito a los actos públicos, registros y procedimientos judiciales de otras entidades.

Destacó que dicho argumento carece de sustento. “Contrario a lo que afirma el actor, la ley impugnada no le impone ningún ‘deber jurídico’, sino que el citado 121 constitucional obliga al reconocimiento de validez de un acto del estado civil, un aspecto totalmente diverso, de modo que no se trata de un problema de invasión de competencias estatales.
Por consiguiente, un estado no está legitimado para controvertir dichas leyes, vía controversia, por estimar que no son conformes con la Constitución, sino únicamente cuando ello se traduzca en una afectación competencial, más no porque su contenido o la normativa en sí misma no le parezca constitucional”, advirtió.

 En sus argumentos, tanto la PGR como los cinco gobiernos panistas, consideraron que la legislación capitalina sobajó el interés superior del niño, al derecho del adulto a formar una familia

Entidades en la pugna

• Tlaxcala

• Morelos

• Guanajuato

• Sonora

• Jalisco

agp