SCJN admite a trámite recurso de diputados sobre Ley de Seguridad Interior

SCJN admite a trámite recurso de diputados sobre Ley de Seguridad Interior
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad que promovieron 188 diputados federales sobre la Ley de Seguridad Interior, la cual fue turnada para su análisis y proyecto al ministro Jorge Pardo Rebolledo.

De acuerdo con las listas, el ministro pidió notificar al Poder Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión, por conducto de las cámaras de Diputados y Senadores, en su caso a través de la Comisión Permanente, para que rindan su informe dentro del plazo de 15 días hábiles.

Ese plazo contará a partir del día siguiente al que surta efectos la notificación del acuerdo.

También requirió al Congreso de la Unión para que por conducto de las cámaras de Diputados y Senadores y de quien legalmente las representan al rendir su informe envíen al alto tribunal copia certificada de los antecedentes legislativos de la norma impugnada.

Deberá incluir la iniciativa, los dictámenes de las comisiones correspondientes, las actas de las sesiones en las que se hayan aprobado, en las que consten las votaciones de los integrantes de ese órgano legislativo, así como los respectivos Diarios de Debates.

El pasado 18 de enero, diputados de Morena, PAN, PRD y MC presentaron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Seguridad Interior que busca regular la actuación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad.

Encabezados por los coordinadores de los diputados del PAN, Marko Cortés, del PRD, Francisco Martínez Neri y el legislador de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Maynez, los legisladores coincidieron en que darán su voto de confianza a la Corte esperando que la resolución sea a favor de revertir dicha ley, la cual, afirmaron, viola la Constitución.

Esta ley establece que una vez que las Fuerzas Armadas intervengan en un territorio, sólo estarán por un año para después regresar a sus cuarteles, pero existe la posibilidad para aplazarse su permanencia.

El documento especifica que las Fuerzas Armadas pueden prorrogar su estancia mientras “subsista” la amenaza a la Seguridad Interior del país y para aplicarse el aplazamiento debe contarse con el acuerdo del Presidente de la República.

En el artículo 6 se menciona que las autoridades federales -incluyendo las Fuerzas Armadas- implementarán sin necesidad de Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, políticas, programas y acciones para identificar, prevenir y atender los riesgos contemplados en la Agenda Nacional de Riesgos.

 

 

 

 

 

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