Casas de la Cultura Jurídica

Casas de la Cultura Jurídica
Por:
  • mauricioi-columnista

El pasado 15 de agosto, la Suprema Corte de Justicia anunció el cierre inminente de las Casas de la Cultura Jurídica, ubicadas en las ciudades de Mexicali, Ensenada, Celaya, Guanajuato, Matamoros, Nuevo Laredo, Tapachula, Chihuahua, Uruapan y Ciudad Obregón.

Para tranquilizar a quienes pudieran alarmarse por el cierre de las 10 Casas, el máximo tribunal informa no sólo que otras 36 permanecen abiertas, sino también, que cada entidad federativa cuenta al menos con una y en los casos de Michoacán, Quintana Roo y Veracruz hay dos.

Las Casas de la Cultura Jurídica son oficinas muy singulares. A finales de 1994, en razón de una reforma constitucional, el Poder Judicial de la Federación se transformó profundamente. Por un lado, quedó establecido que algunas autoridades pudieran promover controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, que serían resueltas con efectos generales por la Suprema Corte de Justicia; mientras que lo relativo al juicio de amparo lo sería por Juzgados de Distrito y Tribunales de Circuito. Por otro lado, se creó un órgano especializado en los aspectos administrativos de juzgados y tribunales: el Consejo de la Judicatura Federal.

Inmediatamente después de la reforma surgió la duda en torno a quién le correspondería organizar el acervo documental de los órganos jurisdiccionales. Indebidamente, me parece, se decidió que fuera la Corte quien creara y administrara los Archivos Generales del Poder Judicial de la Federación. En 1998, resuelto el problema archivístico, el Comité de Gobierno y Administración del máximo tribunal decidió crear, en las instalaciones de los Archivos Generales de cada entidad federativa, centros de información, denominados Casas de la Cultura Jurídica.

La página web de la Corte señala que la misión de estas Casas consiste en otorgar información jurídica a los abogados, defensores y operadores del sistema de justicia, mediante servicios de biblioteca, compilación de leyes y módulos de acceso a la información, así como su actualización por medio de posgrados, seminarios y cursos. Estas acciones, afirma, buscan que la población conozca el quehacer del máximo tribunal y sus derechos, para hacerlos valer ante las instancias competentes.

Las Casas son, pues, una mezcla de biblioteca, escuela de derecho y defensoría de oficio. Esta amalgama de atribuciones viene aparejada con una simple interrogante: ¿cómo justificar que la Suprema Corte, cuya sede es la Ciudad de México, mantenga una red de más de 40 oficinas en diferentes puntos del país? Aunque difícil de creer, dichas oficinas carecen de un marco legal de actuación apropiado. La Constitución no las menciona y la única referencia a ellas en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación está en artículos transitorios de una reforma de 2017. Esto significa que desde hace varios lustros su regulación se ha dado por acuerdos generales de los órganos administrativos del máximo tribunal. El cierre de algunas de ellas ofrece la oportunidad de repensar su futuro, no sólo considerando si vale la pena adscribirlas al Consejo de la Judicatura, sino también si realmente tienen razón de existir.