INAI: En crisis

STRICTO SENSU

*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
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El artículo 6° constitucional establece que el derecho a la información será garantizado por el Estado.

Para ejercerlo, determina que la información en poder de las autoridades es pública y sólo podrá ser reservada con arreglo a la ley. En el ámbito federal, crea un organismo especializado responsable no sólo del cumplimiento de ese derecho sino también de la protección de datos personales: el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai). Esa misma norma dispone que el Instituto se integra por siete comisionados nombrados por el Senado por mayoría calificada, con la posibilidad de que el Presidente de la República impugne los nombramientos. El artículo 32 de la Ley Federal de Transparencia establece que las sesiones del Pleno serán válidas con la asistencia de por lo menos cinco comisionados.

Actualmente, existen tres vacantes en el Pleno, lo que significa que el Instituto no está en posibilidad de garantizar el derecho a la información. A esta situación se llegó por diferentes razones: el Senado no alcanzó acuerdos para nombrar a dos comisionados que concluyeron su periodo en abril de 2022; luego de hacerlo, el presidente los objetó; una de las rechazadas interpuso un juicio de amparo en contra de la objeción y, a partir del 1° de abril, concluyó el nombramiento de un tercer comisionado. Hace unos días, una jueza de distrito resolvió que el Senado debe nombrar a los comisionados. Sin embargo, la Cámara Alta está en receso, lo que le impide acatar la resolución. Adicionalmente, los comisionados restantes interpusieron una controversia constitucional ante la Suprema Corte para que las vacantes sean cubiertas.

Un análisis imparcial del Instituto debe reconocer que contar con siete comisionados no tiene nada que ver con el cumplimiento de sus atribuciones. En el ámbito internacional (Australia, Canadá y Reino Unido), los órganos encargados de transparentar la información pública son unipersonales. Lo que sucede en el caso mexicano está relacionado con el reparto de cuotas entre partidos, no con su funcionamiento. De ahí que las designaciones de los comisionados tengan origen en sus conexiones políticas, no en sus conocimientos. Eso explica que, entre los integrantes del Pleno, escaseen los perfiles técnicos. El sistema clientelar para designar a los comisionados se replica al interior del Instituto: el servicio profesional es inexistente, todas las posiciones, desde operativos a mandos superiores, se reparten con base en cuotas, no en méritos. El extremo ocurrió hace unos meses, cuando dos excomisionados fueron nombrados por sus antiguos pares para ocupar puestos inmediatamente inferiores. Lo que estamos presenciando actualmente es una crisis, en la que el Inai se volvió rehén de los debates entre poderes públicos y partidos, exactamente lo contrario a lo buscado al crearlo como un órgano técnico, ajeno a los vaivenes políticos. Superar esta crisis requiere que los actores involucrados reconozcan la necesidad de garantizar el derecho a la información, así como el imperativo de modificar la manera como el instituto ha venido funcionando hasta ahora.