Restitución electoral

Restitución electoral
Por:
  • mauricioi-columnista

La Constitución establece en su artículo 99 la integración de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como el procedimiento para elegir a sus siete miembros. Ahí también se determina que los magistrados serán electos por el voto de dos terceras partes de los senadores, quienes se pronuncian sobre una propuesta de los ministros de la Suprema Corte. La elección de estos juzgadores, quienes califican la elección del Presidente de la República, debe ser escalonada.

El proceso para nombrar a los magistrados actualmente en funciones tiene una mancha de origen que afecta a varios de ellos. El 20 de octubre de 2016, los senadores aprobaron sus nombramientos y, en estricto apego a la convocatoria respectiva, determinaron que dos ocuparían el cargo tres años, otros dos por seis años y los tres restantes durante nueve años. Esto significa que dos magistrados concluirían su encargo en 2019, otros dos en 2022 y los tres restantes en 2025. Los siete magistrados tomaron protesta ante el Pleno senatorial.

En una acción que contribuyó a enrarecer el ambiente político, a la semana siguiente la mayoría del Senado aprobó un dictamen que extendió el periodo del nombramiento a cuatro de los siete magistrados. A quienes deberían concluir en 2019, les regaló cuatro años adicionales, mientras que, para quienes lo harían en 2022, el pilón fue de dos años. La opinión pública contempló sorprendida la manera en que los cuatro magistrados beneficiarios tomaron protesta de sus cargos en dos ocasiones. Aun cuando la prórroga fue aprobada por mayoría, un grupo minoritario de senadores interpuso dos acciones de inconstitucionalidad ante el máximo tribunal, al considerar que el actuar mayoritario había sido violado la Constitución.

En junio de 2017, la Suprema Corte resolvió el conflicto planteado por los senadores. El proyecto del ministro Gutiérrez proponía invalidar las reformas que extendieron los nombramientos. Señalaba que, con el segundo dictamen, la mayoría senatorial había asumido una competencia que no le correspondía, afectando la independencia del tribunal, pues la extensión de los nombramientos podría ser considerada como una dádiva. Dado que seis ministros consideraron que la ampliación no afectaba la imparcialidad de los beneficiados, no se obtuvo la mayoría requerida para dejar sin efectos el acto reclamado.

Hace unos días sucedió algo que hace probable que el regalo de la anterior legislatura no se concrete. En la sesión del 5 de septiembre pasado, tres senadores presentaron una iniciativa de ley que restituiría la duración de los nombramientos de los magistrados al orden originalmente designado. De aprobarse la propuesta, que únicamente requeriría mayoría simple, dos juzgadores estarían por concluir su encargo en unas cuantas semanas y otros dos en 2022. Con ello se reestablecería el equilibrio entre poderes y, en cierta medida, la credibilidad del Tribunal Electoral federal.