Antecedentes del matrimonio igualitario

Antecedentes del matrimonio igualitario
Por:
  • mauricioi-columnista

La iniciativa del Presidente Peña Nieto para incluir en la Constitución federal el matrimonio entre personas del mismo sexo es el escalón más reciente en una labor que ha pasado por varias etapas. La primera tuvo lugar en 2001 con la adición de un párrafo al artículo 1º constitucional que prohibió cualquier tipo de discriminación. El texto incluyó la prohibición de discriminar en razón de las “preferencias”, como concesión lingüística a los senadores del PAN que se rehusaron a aprobar la reforma si ésta incluía las preferencias sexuales.

La segunda fase ocurrió en el ámbito local. De manera casi simultánea, a finales de 2006 las legislaturas de Coahuila y Distrito Federal establecieron normas que reconocieron las uniones entre personas del mismo sexo. Mientras que en Coahuila se modificó el Código Civil para crear pactos civiles de solidaridad, en la capital federal se creó una ley que regulaba las sociedades de convivencia. Las nuevas figuras no eran equiparables al matrimonio. No obstante, por vez primera se reconocieron y regularon las uniones de personas del mismo sexo. En ambos casos los legisladores blanquiazules votaron contra las reformas.

Puede hablarse propiamente de matrimonios igualitarios hasta la tercera etapa, cuyo inicio tuvo lugar en diciembre de 2009. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con oposición del PAN, reformó el Código Civil de modo que las parejas del mismo sexo tuvieran posibilidad de contraer matrimonio y adoptar menores. Un mes más tarde, considerando que las reformas contrariaban la Constitución, el gobierno federal (panista) las impugnó ante la Suprema Corte mediante una acción de inconstitucionalidad. El 16 de agosto de 2010 el pleno de la Corte (por mayoría de nueve de sus 11 integrantes) reconoció como constitucionales al matrimonio entre personas del mismo sexo y su derecho a adoptar menores. En los últimos años los Congresos de diferentes entidades federativas han establecido los matrimonios homosexuales: Quintana Roo en 2012; Coahuila, 2014, y Nayarit, 2015, así como Campeche, Michoacán y Morelos, en 2016.

Vale la pena considerar el papel desempeñado recientemente por la Suprema Corte y el ombudsman nacional en este debate. En el primer caso la Primera Sala aprobó en junio del año pasado una tesis jurisprudencial que declaró inconstitucionales las leyes locales que definen como matrimonio únicamente al celebrado entre hombre y mujer. Esto significa que cuando dos personas del mismo sexo desean casarse en las entidades donde estas uniones no están reconocidas, requieren hacer valer esta jurisprudencia ante tribunales locales o federales. Respecto a la CNDH, su titular actual ha sido consistente en el apoyo al matrimonio igualitario, a diferencia de su antecesor, que, dedicado a fomentar el culto a su personalidad, no hizo nada al respecto.

Además de impugnar ante la Suprema Corte normas de Baja California, Jalisco, Puebla, Chiapas y Michoacán que restringen el matrimonio a las parejas heterosexuales, en noviembre pasado el ombudsman emitió una recomendación general en la cual exhorta a los gobiernos locales para crear normas que permitan casarse a las parejas del mismo sexo.

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