Democracia y derechos humanos

Democracia y derechos humanos
Por:
  • mauricioi-columnista

El enfoque más popular respecto a la naturaleza de los derechos humanos señala que éstos son derechos gozados por cualquier individuo por el simple hecho de serlo. Si esto fuera así, es preciso preguntarse por qué hay países como la República Popular China donde más de 1’300 millones de individuos carecen de libertad de expresión o de asociación.

Igualmente, merecerían ser comentadas las restricciones a la libertad religiosa o la posición subordinada de las mujeres en varias sociedades de mayoría musulmana. Y qué decir de los asesinatos de homosexuales, algunos cometidos por miembros de sus propias familias, en Chechenia. Estos ejemplos muestran que la brecha entre la universalidad de los derechos humanos y la realidad es enorme.

Lo ocurrido en los países que han legislado sobre el matrimonio igualitario ofrece una oportunidad para constatar que, lejos de su idílica universalidad, el reconocimiento de los derechos humanos depende de factores como la naturaleza del régimen político, la independencia de los jueces o la capacidad de las religiones organizadas para influir en una sociedad política.

No existen recetas para prever cuándo tendrá lugar el reconocimiento de estas uniones, ni, tampoco, una sola vía legal capaz de garantizarle a las parejas homosexuales la igualdad. No obstante, debe subrayarse el nexo que hay entre democracia y matrimonio gay. Dado que el respeto a los derechos de las minorías es inexistente en regímenes no democráticos, ningún país con gobierno autoritario daría sustento legal al matrimonio igualitario. Por otra parte, no todas las democracias reconocen estas uniones. Ejemplos más claros de esto serían Alemania, que hasta hace un par de meses legisló sobre el particular, e Italia, donde el Vaticano ha ejercido su veto para impedir dicho reconocimiento.

Quienes afirman que los derechos humanos no se votan, tendrían que revisar lo sucedido en Irlanda en 2015 o lo que está pasando ahora en Australia. En el primer caso, la posibilidad de que dos personas contrajeran matrimonio sin distinción de sexo fue sometida a referéndum popular. En un proceso con una participación superior de 60 por ciento del electorado, poco más de seis de cada diez votantes se manifestó favorablemente y cerca de cuatro lo hizo en contra. Respecto a la experiencia australiana, el gobierno del primer ministro Turnbull decidió realizar un plebiscito, cuyo resultado no es legalmente vinculatorio. Si la mayoría de los votantes se manifiesta favorablemente, se presentará una reforma que hará extensivo el matrimonio a parejas homosexuales; en caso contrario, la ley permanecerá sin cambios.

En México, la resolución de la Suprema Corte del 1 de agosto dejó sin efectos las disposiciones del Código Civil poblano, que limitaban el matrimonio a parejas heterosexuales. El esfuerzo de activistas, legisladores, comisiones de derechos humanos y juzgadores, ha permitido que las uniones entre personas del mismo sexo sean una realidad en 13 entidades federativas.

Nuestra democracia tiene ciertamente graves defectos. Pero el reconocimiento gradual al matrimonio igualitario muestra que también hay virtudes. Esto habrá que tenerlo en mente el próximo año.

mauricio.ibarra@3.80.3.65

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