Feminicidio

Feminicidio
Por:
  • larazon

Renato Sales H.

La próxima semana tendrá lugar en la ciudad de Antigua, Guatemala, un taller para la elaboración del modelo de protocolo de investigación eficaz de femicidios/feminicidios en Latinoamérica y el Caribe. Organizan el taller de la Federación de asociaciones de defensa y promoción de Derechos Humanos y la Universidad Carlos III de Madrid. Participarán en la reunión fiscales, jueces, policías investigadores, peritos y académicos de Naciones Unidas, Costa Rica, Brasil, El Salvador, Guatemala, Nicaragua, Panamá, República Dominicana, México y España.

El ex secretario general de la ONU, Koffi Annan calificó la violencia contra la mujer como la “más vergonzosa violación de los derechos humanos”.

El feminicidio es la más extrema expresión de la violencia ejercida contra las mujeres. Diana Rusell lo definió como el asesinato de mujeres, a manos de hombres, por el hecho de ser mujeres. Empero, hay muchas otras formas de violencia: física, sexual, psicológica. La soterrada violencia del machismo que acontece en enfermizas relaciones familiares.

México se ha hecho cargo, muy recientemente, de la tipificación del delito de feminicidio. La ley General de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, reformada el 14 de junio de 2012, señala en su artículo 21: “Violencia feminicida: Es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres. En los casos de feminicidio se aplicarán las sanciones previstas en el artículo 325 del Código Penal Federal”.

A su vez, el artículo 325 de ese Código igualmente modificado en junio de este año, dispone: “Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; II A la víctima se la hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia; III Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima; IV Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza; V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima; VI La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida; VII El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público. A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días multa…”.

Tratará el taller de detectar las principales deficiencias y errores que se producen en la investigación de los feminicidios y establecer pautas de actuación homogéneas en la acción y supervisión de cada uno de los intervinientes en el proceso de investigación en diferentes escenarios del delito. Establecer, con ello, una guía de prácticas idóneas, procedimientos mínimos y reglas básicas para los operadores de justicia de toda la región de Latinoamérica y el Caribe.

Una vez consensuado el modelo de protocolo, servirá de directriz para la investigación, con la debida diligencia, de los delitos de violencia extrema contra las mujeres por razones de género. Jueces, fiscales, investigadores, policías, psiquiatras y médicos forenses se reunirán en mesas de trabajo para su elaboración.

El tema requiere de una visión holística, lo dice Rashida Manjoo, relatora especial de la ONU: “La eliminación de la violencia contra las mujeres debe convertirse en tema central de la agenda pública, en tanto dicha violencia es una violación a un derecho humano y constituye un obstáculo para el desarrollo, la democracia y la gobernabilidad. Dicha eliminación está basada en tres pilares: Protección legal, políticas públicas y una cultura de respeto sin discriminación”.

En México, el mayor de los obstáculos es cultural y tiene que ver, como muchas otras cosas, con prejuicios y estereotipos.

rensal63@hotmail.com