Nuevo desequilibrio de poderes

Nuevo desequilibrio de poderes
Por:
  • mauricioi-columnista

La Ley General de Comunicación Social, cuyas disposiciones entrarán en vigor el 1° de enero de 2019, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 11 de mayo. Recordemos que, el 10 de abril, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen correspondiente por una mayoría de 196 votos a favor y 146 en contra. El documento aprobado fue enviado al Senado, que luego de analizarlo, lo aprobó en sesión celebrada los días 25 y 26 de abril con 60 votos a favor, 46 en contra y una abstención.

La Ley General de Comunicación Social ocupa un lugar muy peculiar en el orden jurídico nacional. Esta singularidad no radica en su proceso de creación, pues, como quedó expuesto líneas arriba, su aprobación mayoritaria, a cargo de los legisladores, tanto de la cámara de origen como de la revisora, observó estrictamente las normas constitucionales previstas, para la creación de leyes.

El carácter excepcional de la ley se debe, más bien, a que su creación es el resultado de una resolución de la Suprema Corte de Justicia. El 15 de noviembre de 2017, al conceder un amparo interpuesto por Artículo 19, la Corte determinó que los tribunales federales pueden obligar al Poder Legislativo a expedir normas. En la sentencia del Amparo en Revisión 1259/2015, la Primera Sala, por una mayoría de cuatro de sus cinco integrantes, ordenó al Congreso de la Unión expedir una ley relativa a la publicidad gubernamental, advirtiendo que debía hacerlo antes del 30 de abril de 2018. Así las cosas, la Ley General de Comunicación Social no es únicamente el fruto de la deliberación de los representantes de la voluntad popular, sino, también, el resultado de la amenaza del máximo tribunal, que ordenó a los legisladores a emitir una norma regulatoria de la publicidad oficial.

Es indudable que la actuación de los integrantes del Poder Legislativo dista mucho de ser óptima. Diputados y senadores trabajan, en pleno, poco más de seis meses al año. Mientras que algunas áreas presentan rezagos, hay otras sobrerreguladas. La solución, sin embargo, no pasa por convertir al máximo tribunal en un superpoder que ordena a los representantes populares la elaboración de tal o cual norma, amenazándolos de sustitución en caso de desacato. La fortaleza de un sistema democrático requiere que los poderes públicos respeten sus atribuciones. Tan fuera de lugar resulta que la Corte le ordene legislar al Congreso, como si cualquiera de las cámaras le llegara a demandar a los órganos jurisdiccionales federales emitir sentencias en determinado sentido, argumentando que es la “voluntad popular”. Mi inquietud no es ociosa. La semana pasada, el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción interpuso un amparo en contra del Senado, por abstenerse de ratificar a los 18 magistrados del Tribunal Federal de Justicia Administrativa especializados en combate a la corrupción. Ojalá este amparo sea desechado, pues cuestiona seriamente el sano equilibrio entre poderes, que debe existir en todo sistema democrático.