Sectores laboral y de salud

IMSS endurece reglas de la Modalidad 40; limita salario para nuevas incorporaciones

A partir del 22 de octubre, los nuevos registros deberán realizarse exclusivamente por medios digitales y tendrán como referencia el último salario base de cotización, con un margen adicional de hasta una UMA. Quienes ya están inscritos conservarán sus condiciones hasta concluir el periodo contratado

Imagen temática sobre el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Imagen temática sobre el Instituto Mexicano del Seguro Social. Foto: Cuartoscuro

El Instituto Mexicano del Seguro Social modificará las condiciones de ingreso a la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, conocida como Modalidad 40, mediante nuevas reglas que buscan ordenar las incorporaciones y evaluar la viabilidad financiera del esquema pensionario.

Las disposiciones entrarán en vigor este jueves 22 de octubre, luego de que el Consejo Técnico del Instituto aprobara el acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG, el pasado 10 de octubre, publicado este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Entre los principales cambios se encuentra la determinación del salario de referencia para las nuevas incorporaciones, que podrá corresponder al último salario base de cotización o a un importe de hasta una Unidad de Medida y Actualización (UMA) adicional. En ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo general vigente en el resto del país, de acuerdo con las condiciones establecidas en el acuerdo.

La medida distingue entre quienes ya se encuentran inscritos y quienes busquen incorporarse bajo las nuevas disposiciones. Los primeros podrán continuar con las condiciones contratadas hasta que concluya el periodo correspondiente, mientras que las solicitudes posteriores quedarán sujetas a los nuevos criterios.

Además, el aseguramiento comenzará a partir del día en que la persona presente su solicitud de incorporación ante el Instituto, por lo que ya no se contemplará una fecha de inicio anterior para los nuevos registros bajo estas reglas.

El IMSS también instruyó a sus áreas de Incorporación y Recaudación, así como de Innovación y Desarrollo Tecnológico, a adecuar los sistemas y procedimientos para que las nuevas incorporaciones a la Continuación Voluntaria se efectúen exclusivamente mediante mecanismos digitales.

Los sistemas deberán garantizar la trazabilidad y consistencia de los registros afiliatorios. Asimismo, el Instituto habilitará un canal de atención para analizar casos especiales que puedan surgir durante la aplicación de las nuevas disposiciones.

Otra restricción establece que las personas inscritas en el régimen obligatorio como trabajadoras independientes, conforme a la fracción I del artículo 13 de la Ley del Seguro Social, no podrán contratar simultáneamente la Continuación Voluntaria.

El acuerdo establece que las personas que ya estén inscritas en la Modalidad 40 al momento de la entrada en vigor de las medidas podrán permanecer bajo las condiciones vigentes de su contratación hasta que concluya el periodo correspondiente.

También se mantendrá el reconocimiento de las semanas cotizadas y de los salarios efectivamente pagados, que conservarán sus efectos para el cálculo de los derechos pensionarios futuros.

De esta manera, las nuevas disposiciones no eliminan la Modalidad 40 ni desconocen las cotizaciones realizadas por los asegurados, sino que establecen condiciones distintas para las futuras incorporaciones.

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