CNDH precisa atención en caso Nochixtlán

CNDH precisa atención en caso Nochixtlán
Por:
  • la_razon_online

Sr. Director:

Me refiero al encabezado de ocho columnas de la edición de La Razón del lunes 23 de octubre de 2017 “La CNDH abandona a policías macheteados, quemados, baleados...", que refiere la entrevista que realizó la reportera María Cabadas al suscrito, como Segundo Visitador General de la CNDH. Al respecto considero necesario hacer las siguientes consideraciones.

1. El encabezado es inexacto en tanto no refleja el contenido del texto al que está referido, tal y como se advierte de la lectura del mismo. Ante las agresiones que sufrieron los policías durante los eventos del 19 de junio de 2016 en Nochixtlán, Huitzo, Hacienda Blanca y Viguera, en el Estado de Oaxaca, la CNDH incluyó un apartado específico dentro de la Recomendación 7VG/2017 en el que se alude la situación de los policías, sus derechos humanos, así como la necesidad de que los ataques cometidos en su contra sean debidamente investigados por las autoridades ministeriales competentes y los responsables juzgados conforme a derecho. Así lo referí durante la entrevista y aparece publicado, por lo que la aseveración hecha en el encabezado carece de sustento.

2. La CNDH ha llamado la atención en diversas ocasiones, sobre el hecho que, de conformidad con nuestro sistema jurídico, en México sólo las autoridades pueden violar derechos humanos. Cuando un particular realiza una conducta que afecta o vulnera a otra persona, en todo caso lo que estará cometiendo es un delito, cuya persecución y sanción no corresponde a la CNDH sino a la autoridad ministerial correspondiente y, en última instancia, al Poder Judicial.

3. Conforme lo anterior, las agresiones y ataques que sufrieron los elementos policiacos y que serían imputables a particulares, durante los hechos del 19 de junio, implicarían Ia comisión de delitos, los cuales  tendrían que ser calificados como tales por las autoridades ministeriales competentes e investigados. En Ia Recomendación 7VG/2017, la CNDH señala expresamente que no se han desarrollado de manera debida y pertinente las investigaciones correspondientes a estos hechos, por lo que si a la fecha las lesiones y actos cometidos contra los elementos policiacos permanecen impunes no es, en modo alguno, por determinación de la CNDH, sino por omisiones y falta de actividad de quienes investigan los delitos, autoridades que, en todo caso, estarían violando los derechos humanos de los policías agraviados al negarles su derecho a que se les imparta justicia.

4. Del mismo modo, la CNDH llamó la atención sobre el riesgo innecesario en que se puso a los elementos policiacos que participaron en los operativos del 19 de junio de 2016, así como las afectaciones que se generaron a los mismos, como consecuencia de que se haya permitido la participación de elementos que no contaban con la preparación y capacitación necesaria (como fue el caso de 30 elementos pertenecientes a la Banda de Guerra y diverso personal administrativo), que carecían del equipamiento adecuado o que no se encontraban en condiciones físicas para ello. Cerca del 11.75% del total de policías estatales que participaron en el operativo se encontraron en este supuesto, de los cuales resultaron lesionados cerca del 15%.

En consideración al hecho de que lo señalado en el encabezado de ocho columnas al que he aludido, no encuentra sustento en el trabajo y conclusiones de la CNDH respecto del caso que dio origen a la Recomendación 7VG/2017, agradeceré se sirva publicar la presente misiva y ofrecer a sus lectores la posibilidad de que conozcan la verdad sobre la investigación llevada a cabo por la CNDH, leyendo el texto de Ia recomendación, disponible en la página web de la CNDH en el link: http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Recomendaciones/ViolacionesGraves/RecVG 007.pdf

Atentamente:

Enrique Guadarrama López, Segundo Visitador General