Este 19 de mayo del 2021 entra en vigor

Ley para que nadie gane más que el Presidente de México ¡entra en vigor!

Los únicos que quedan exentos de la norma son funcionarios de la SCJN, TEPJF, CJF e INE

Ley para que nadie gane más que el Presidente de México.
Ley para que nadie gane más que el Presidente de México.Foto: Especial
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A partir de este jueves entra en vigor la nueva Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos que mandata que ningún funcionario puede ganar más que el Presidente de la República.

“Para la determinación de la remuneración de los servidores públicos sin perjuicio de la naturaleza y atribuciones que correspondan a los entes públicos respectivos, a falta de un superior jerárquico, se considerará como máximo el equivalente al Presidente de la República”, señala la publicación expedida en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Ley aplica para todos, menos para funcionarios de la SCJN, TEPJF, CJF e INE

Los únicos que quedan exentos de la norma son los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), los jueces de Distrito, los consejeros de la Judicatura Federal (CJF), los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), así como los magistrados y jueces del Poder Judicial.

De acuerdo al DOF se abroga la Ley Federal de Remuneración de los Servidores Públicos publicada en noviembre de 2018, y se expide una nueva. De esta manera todo servidor público deberá recibir una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, ya que el objetivo bajo esta nueva ley es regular las remuneraciones de los servidores.

“Ningún servidor público obligado por la presente Ley recibirá una remuneración o retribución por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión igual o mayor a la Remuneración Anual Máxima que tenga derecho a recibir el Presidente de la República por concepto de percepciones ordinarias, sin considerar las prestaciones de seguridad social a las cuales tenga derecho conforme a la legislación en la materia”, detalla la Ley.

La Ley contempla que no se cubrirán remuneraciones de personas diferentes a los servidores públicos, o de partidas diferentes al presupuesto asignado, además, los servidores tienen la obligación de reportar a la unidad administrativa responsable de sus pagos, dentro de los siguientes 30 días hábiles a la fecha que reciban el comprobante de pago.

La remuneración a los trabajadores será acorde a su nombramiento, percepción extraordinaria, aguinaldo, gratificaciones, dieta (en caso de diputados y senadores) y percepción en especie. Las acciones no remuneradas son los gastos sujetos a comprobación, gastos propios del desarrollo del trabajo, viajes en actividades oficiales y sus gastos, así como servicio de seguridad.