Quien tiene un teléfono celular, una tableta, una computadora, una pantalla, una memoria USB, puede hacer copias privadas de canciones, libros digitales, películas y fotografías, para uso personal, lo cual viola el derecho de propiedad intelectual de músicos, escritores, cineastas y fotógrafos, violación que es un delito que debe castigarse.
(El tema de la propiedad intelectual es interesante y controvertido. A quien le interese le recomiendo el libro Against intellectual property, de N. Stephan Kinsella, editado por el Ludwig von Mises Institute, libro que, contradictoriamente, por tratarse de un texto que presenta argumentos contra la propiedad intelectual, trae Copyright. Así de controvertido, ¡e interesante!, es el tema).
¿A quién debe castigarse por la violación del derecho de propiedad intelectual, por realizar copias privadas de canciones, libros digitales, películas y fotografías? A quien las haga, al violador. ¿Y en qué debe consistir el castigo? Por lo menos, en pagarle al músico, escritor, cineasta o fotógrafo, cuyos derechos de propiedad intelectual violó, una remuneración compensatoria. Esto es lo que la impartición de justicia demanda.
El problema es que resulta imposible identificar, en primer lugar, a quien haga, usando un teléfono celular, una tableta, una computadora, una pantalla, una memoria USB, copias privadas de música, libros digitales, películas y fotografías, y, en segundo lugar, al músico, escritor, cineasta o fotógrafo, cuyos derechos de propiedad intelectual se violaron. Dada esta imposibilidad es que la Secretaría de Cultura, el Instituto Nacional del Derecho de Autor y la Sociedad de Autores y Compositores de México, están considerando la posibilidad de imponer una remuneración compensatoria (que, de establecerse mediante un reglamento, no sería formalmente un impuesto), del 2% a la compra de teléfonos celulares, tabletas, computadoras, pantallas y memorias USB, cuyo efecto inmediato sería castigar, a priori, antes de que se realicen copias privadas, a todos por igual: a quienes las realizarán y quienes no. ¿Es justo castigar a alguien por un delito que todavía no comete? No. ¿Es justo castigar a quienes no cometerán un delito? No. Y eso, castigar a alguien por un delito que todavía no comete, o castigar a quienes nunca lo cometerán, es lo que se pretende, ya se trate de un impuesto formal o de una remuneración compensatoria, con lo propuesto por la Secretaría de Cultura, el Instituto Nacional del Derecho de Autor y la Sociedad de Autores y Compositores de México.
¿Qué se propone hacer, si fuera el caso, con los recursos así obtenidos, estimados en 725 millones de dólares anuales? El 95% repartirlo, por medio de la Sociedad de Autores y Compositores de México, entre los creadores. Si resulta imposible identificar a los afectados por las copias privadas, supongo que el dinero se repartiría de manera igualitaria entre todos, lo cual también sería injusto, porque lo recibirían, no solo aquellos cuyos derechos se violaron, sino también aquellos cuyos derechos no se violaron. La Sociedad de Autores y Compositores de México tiene 31 mil miembros. Al tipo de cambio de $17.00 por dólar, les tocarían $377,701.58 anuales.
Primeros comentarios sobre el tema.
En medio del desfiguro, el reacomodo
