Arturo Damm Arnal

Liberalismo (3/5)

PESOS Y CONTRAPESOS

Arturo Damm Arnal*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Arturo Damm Arnal
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
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El liberalismo, que es el principio de conducta que afirma que, respetando los derechos de los demás, y asumiendo el riesgo y la responsabilidad, hagamos lo que queramos, no supone la anarquía, la ausencia del poder gubernamental.

Al contrario, lo supone. En el Estado de Justicia, propio del liberalismo, ¿cuáles son las legítimas tareas del gobierno? Las relacionadas con la práctica e impartición de justicia, práctica que depende de los ciudadanos y consiste en respetar derechos; impartición que depende, cuando los ciudadanos violan derechos, del gobierno y consiste en castigar al injusto y obligarlo a resarcir.

Los tres poderes del gobierno son obligar, prohibir y castigar.

Supongamos la opción A: el gobierno obliga a pagar impuestos, prohíbe violar derechos, castiga a quienes evaden el pago de impuestos y violan derechos, y obliga a estos a resarcir.

Supongamos la opción B: el gobierno obliga a realizar un servicio social (obliga a hacer el bien a los demás), prohíbe el consumo de drogas (prohíbe hacerse daño a uno mismo), y castiga a quien no le hace el bien a los demás (servicio social) y a quien se hace daño a sí mismo (consumo de drogas).

La opción A es liberal, propia del Estado de Justicia. Lo único que prohíbe el gobierno es violar derechos. Lo único que castiga es la violación de derechos y la evasión de impuestos. A lo único que obliga es a pagar impuestos, para contar con los recursos necesarios para poder prohibir violar derechos, para poder castigar a quien los viola, para poder obligarlo a resarcir. La opción A es liberal, propia del Estado de Justicia, porque tales tareas están relacionadas con la práctica y la impartición de justicia.

La opción B es iliberal, propia del Estado de injusticia (que en vez de ser Estado de Derecho es Estado de chueco), porque no tiene que ver, ni con la práctica ciudadana de la justicia, ni con la impartición gubernamental de la misma, sino con otras virtudes, como la beneficencia, virtud por la cual le hacemos el bien a los demás, y como la prudencia, virtud por la cual nos hacemos el bien (prudencia en sentido positivo, por ejemplo: haciendo ejercicio) y no nos hacemos el mal (prudencia en sentido negativo, por ejemplo: no consumiendo drogas).

La pregunta ¿cuáles son las legítimas tareas del gobierno, aquellas a las que no puede renunciar sin dejar de serlo? puede replantearse de esta manera: ¿qué virtudes deben exigirse por la fuerza y cuáles deben dejarse a la libre decisión de cada quién?

No debe dejarse a la libre decisión de cada quien el respeto a los derechos de los demás, lo cual quiere decir que la práctica de la justicia no debe dejarse al libre albedrío de cada cual. ¿Puede haber convivencia civilizada si cada quien decide si mata o no, si respeta o no el derecho a la vida? ¿Si secuestra o no, si respeta o no el derecho a la libertad individual? ¿Si roba o no, si respeta o no el derecho a la propiedad privada? No debe dejarse a la libre decisión de cada cual el respeto a los derechos de los demás. Debe imponerse, si no por convicción personal, por la fuerza gubernamental, gobierno que debe impartir justicia, lo que supone prohibir violar derechos, castigar al violador, obligarlo a resarcir.

¿Debe obligarse a las personas a la práctica de la beneficencia (ayudar a los demás) y de la prudencia (ayudarse a uno mismo)? No.

Continuará.